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Preguntas frecuentes Premios Madrid Accesible

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Para más información consulte nuestro apartado de Aviso Legal

Relación de preguntas y respuestas sobre los Premios Madrid accesible: innovación y excelencia al servicio de todas las personas.

BOAM nº 10167 (13/07/2026)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

Decreto de 29 de junio de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se aprueba la convocatoria pública de la primera edición de los Premios “Madrid accesible: innovación y excelencia al servicio de todas las personas” del Ayuntamiento de Madrid.

La solicitud se realiza mediante el formulario oficial disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, pudiendo presentarse electrónicamente o de forma presencial en registros habilitados.

Para más información, ver apartado 9 de las bases de la convocatoria

Documentación a aportar:

  • Formulario de solicitud.
  • Justificante oficial expedido por la universidad, donde se recoja la nota obtenida y la fecha de la calificación, en formato digital.
  • Trabajo académico, en castellano, en formato PDF. No deberá contener ningún dato identificativo de la persona autora. Cualquier referencia que permita identificar la autoría (agradecimientos, autocitas explícitas, etc.) deberá eliminarse o anonimizarse.
  • Resumen ejecutivo, en formato PDF, con fuente Verdana, tamaño 11, e interlineado 1,15, justificado a la izquierda, conforme a los requisitos técnicos e índice siguiente:
    • Título del trabajo y ámbito en el que se encuadra, siendo los ámbitos: arquitectónico, espacio público, tecnológico, digital, científico, jurídico u otro a especificar.
    • Resumen del trabajo con un máximo de 4000 palabras, en el que se recoja el objetivo del trabajo, metodología y resultados principales y tipo de accesibilidad que se trata (cognitiva, digital, arquitectónica, etc). Además, ese resumen se acompañará de:
      • Impacto social: Beneficio para la ciudadanía y colectivos específicos. Contribución a la igualdad en los derechos para todas las personas: Grado de mejora en la igualdad de oportunidades y derechos (máximo 100 palabras).
      • Impacto económico o en el mercado: Potencial de generación de valor y aplicabilidad en sectores productivos (máximo 100 palabras).
      • Capacidad de producir cambios significativos y sostenibles en contextos reales: Potencial de generar cambios efectivos, sostenibles y medibles (máximo 100 palabras).
      • Originalidad de la propuesta: Novedad de la propuesta respecto a las soluciones existentes (máximo 100 palabras).
      • Metodologías y enfoques innovadores: Uso de técnicas, fuentes o perspectivas novedosas (máximo 100 palabras).
      • Aportación al conocimiento aplicado: Potencial de aplicación y transferencia a entornos reales, especialmente en la mejora o desarrollo de productos, servicios o procesos (máximo 100 palabras).
      • Tipo de innovación (máximo 100 palabras):
        • Incremental: mediante la optimización de soluciones existentes
        • Disruptiva: cuando impliquen cambios significativos en la forma de abordar la accesibilidad
      • Viabilidad y aplicabilidad: Posibilidad real de implementación (máximo 100 palabras).

Para más información, ver apartado 9 de las bases de la convocatoria.

No es obligatorio si se presenta de forma presencial, pero sí es necesario si se utiliza la vía electrónica a través de la sede.

Para más información, ver apartado 9 de las bases de la convocatoria.

Pueden participar personas que hayan defendido y obtenido calificación en un Trabajo Fin de Grado (TFG), Trabajo Fin de Máster (TFM) o tesis doctoral en universidades españolas entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025.

Para más información, ver apartado 5 de las bases de la convocatoria.

El trabajo debe estar relacionado con el desarrollo de los principios de accesibilidad y diseño universal, así como su aplicación en entornos, productos, bienes y servicios, desde el ámbito arquitectónico, espacio público, tecnológico, digital, científico, jurídico o todo aquel que represente una aportación a los principios de accesibilidad y diseño universal.

Para más información, ver apartado 1 de las bases de la convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el día 14 de julio a las 00:00 y finalizará el 15 de septiembre de 2026, incluido.

El órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria y aprobará la lista de aspirantes admitidos que pasarán a la fase de evaluación.

La lista de candidaturas admitidas se publicará en sede electrónica, identificados con el número de registro y título del trabajo presentado.

No. Las candidaturas son individuales, ya que corresponden a trabajos académicos presentados por una persona autora.

Para más información, ver apartados 5 y 6 de las bases de la convocatoria.

Las solicitudes podrán presentarse electrónica o presencialmente en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la LPACAP.

En el caso de optar por presentar esta documentación en un registro electrónico distinto al del Ayuntamiento de Madrid, dentro del plazo de presentación de solicitudes previsto en esta convocatoria, se recomienda que la persona interesada envíe un correo electrónico a oficinaaccesibilidad@madrid.es, acreditando la entrada en el citado registro en la que conste fecha y hora de presentación.

Para más información, ver apartado 9 de las bases de la convocatoria.

Solo en caso de requerimiento de subsanación o aportación de documentación adicional en el plazo concedido.

Para más información, ver apartado 10 de las bases de la convocatoria.

El incumplimiento del anonimato supone la exclusión automática de la candidatura.

Para más información, ver apartado 9 de las bases de la convocatoria.

  • Primer premio, por importe de 6.000,00 euros.
  • Segundo premio, por importe de 4.000,00 euros.
  • Tercer premio, por importe de 2.000,00 euros.
  • Tres accésits, por un importe de 1.000,00 euros cada uno.

Para más información, ver apartado 4 de las bases de la convocatoria.

Sí. El trabajo presentado no debe contener ningún dato que permita identificar a la persona autora. El incumplimiento supone la exclusión de la candidatura.

Para más información, ver apartado 9 de las bases de la convocatoria. 

Si la solicitud o documentación aportada fuera incompleta o adoleciera de cualquier otro defecto que se considere subsanable, se le requerirá a la persona solicitante para que en el plazo de diez días hábiles subsane las faltas y/o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, de no hacerlo, se le tendrá por desistida de su petición.

Es necesario estar al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Madrid, tanto en el momento de concesión como en el pago del premio.

Para más información, ver apartados 6 y 14 de las bases de la convocatoria.

La evaluación se realiza en régimen de concurrencia competitiva, atendiendo a la excelencia (nota académica), el impacto social y económico y la innovación y aportación al conocimiento aplicado.

Para más información, ver apartado 12 de las bases de la convocatoria.

La resolución se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica municipal.

Para más información, ver apartado 11.3 de las bases de la convocatoria

El procedimiento de evaluación y resolución constará de las siguientes fases:

  • Primera fase. - Presentación y admisión

Las personas interesadas en participar en la presente convocatoria deberán cumplimentar y firmar el formulario normalizado disponible en https://sede.madrid.es y se presentará junto con la documentación requerida por cualquiera de los medios establecidos en el apartado 9 de esta convocatoria, dentro del plazo de presentación de candidaturas establecido en dicho apartado.

El órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria y aprobará la lista de aspirantes admitidos que pasarán a la fase de evaluación. La lista de candidaturas admitidas se publicará en sede electrónica, identificados con el número de registro y título del trabajo presentado.

  • Segunda fase. – Estudio

Los trabajos presentados serán evaluados por el jurado mediante un sistema de revisión anónima, de modo que la identidad de las personas autoras permanezca de manera anónima, utilizándose exclusivamente el código identificativo asignado a cada candidatura.

Para la evaluación, el jurado estará asistido por un comité técnico de apoyo formado por personas expertas de reconocido prestigio en el ámbito de la accesibilidad y el diseño universal.

El comité técnico estudiará todas las solicitudes admitidas y elevará al jurado una relación ordenada y razonada de 30 finalistas.

  • Tercera fase.- Evaluación. Fallo del jurado y concesión y entrega del premio

Tras la finalización de la fase de estudio de las candidaturas, de entre los 30 finalistas seleccionados por el comité técnico, el jurado fallará los ganadores de la primera edición de los premios “MADRID ACCESIBLE: INNOVACIÓN Y EXCELENCIA AL SERVICIO DE TODAS LAS PERSONAS”.

Una vez emitido el fallo del jurado, y con carácter previo a la resolución de concesión, el órgano instructor procederá a la identificación de la autoría de los trabajos, con el único fin de identificar a las personas autoras de los trabajos premiados, comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos y continuar la tramitación administrativa del premio.

El órgano instructor formulará propuesta de resolución de los premios que elevará al órgano competente para la concesión de estos.

Se celebrará un acto de entrega de los premios “MADRID ACCESIBLE: INNOVACIÓN Y EXCELENCIA AL SERVICIO DE TODAS LAS PERSONAS”.

El jurado está compuesto por representantes del Ayuntamiento de Madrid, universidades, asociaciones especializadas en accesibilidad y entidades del tercer sector, además de personal técnico.

Para más información, ver apartado 13 de las bases de la convocatoria.

Las candidaturas se identifican mediante un código y los trabajos se presentan sin datos personales, asegurando una evaluación objetiva.

Para más información, ver apartados 9 y 11.2 de las bases de la convocatoria.

El plazo máximo para resolver el procedimiento es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.

Para más información, ver apartado 18 de las bases de la convocatoria.

La propuesta de resolución se notificará a los ganadores para que, en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación, comuniquen:

  • La aceptación o renuncia al premio, que se notificará mediante la presentación por registro de una instancia general dirigida a la Dirección General de Accesibilidad.
  • La presentación por registro del documento de alta de pago por transferencia, “Documento T”, el cual podrá descargar o cumplimentar a través del portal https://sede.madrid.es, trámite: “Obtención de datos bancarios para pagos por transferencia (documento T)”.

El Ayuntamiento de Madrid consultará por sus propios medios, los correspondientes certificados de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y de sus cuotas con la Seguridad Social, así como de las obligaciones tributarias con el propio Ayuntamiento de Madrid.

En caso de no autorizar expresamente al órgano instructor para la consulta de datos sobre cumplimiento de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y Ayuntamiento de Madrid, así como del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones, los ganadores deberán acreditar tales extremos mediante certificados expedidos por los órganos competentes y con una validez de seis meses desde la fecha de su expedición o emisión.

 

Para más información, ver apartado 14 de las bases de la convocatoria.

Sí, los premios son compatibles con otras ayudas o subvenciones.

Para más información, ver apartado 16 de las bases de la convocatoria.

El pago se realiza mediante transferencia bancaria tras la aceptación del premio, la presentación de la documentación y la comprobación de obligaciones.

Para más información, ver apartado 15 de las bases de la convocatoria.

Sí, están sujetos a la fiscalidad correspondiente, aplicándose las retenciones vigentes.

Para más información, ver apartado 15 de las bases de la convocatoria.

Las personas premiadas ceden al Ayuntamiento de Madrid los derechos de publicación y difusión del trabajo sin compensación económica adicional.

Para más información, ver apartado 22 de las bases de la convocatoria.

Sí, puedes enviar consultas al correo electrónico: oficinaaccesibilidad@madrid.es

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