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Requisitos

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El IPREM es un indicador que sirve como referencia en España para la concesión de distintas ayudas, becas y subvenciones del Estado y de las Administraciones, así como del subsidio de desempleo.

Con carácter general, este indicador se fija en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Actualmente, solo se puede tramitar por la web la solicitud de tarjeta azul para la categoría de 'Persona con discapacidad mayor de 18 años'

En los menores con nacionalidad española es obligatorio tener DNI a partir de los 14 años. No obstante, es posible la gestión sin DNI si el menor de edad está en la franja entre los 14-17 años de edad.

Todos los menores sin nacionalidad española deben estar en posesión de Tarjeta de Residencia en vigor o Número de Identificación de Extranjeros (NIE) (acompañado del documento que acredite la identidad).

En cualquier caso, un menor de 18 años puede solicitar la Tarjeta Azul, siempre y cuando presente una discapacidad igual o superior al 33%.

Los ingresos económicos personales están vinculados al IPREM y varían anualmente según lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Puede consultar los requisitos para el año vigente en la web sección Requisitos:

Tarjeta Azul de transportes para autobuses (EMT) y metro - Gestiones y Trámites (madrid.es)

El nivel de renta individual total se calcula teniendo en cuenta la información de:

  • AEAT: Declaración de la Renta (IRPF) del año anterior y/o Imputaciones.
  • INSS: Prestaciones exentas de tributación (Gran invalidez o incapacidad permanente absoluta, Orfandad, Pensión en favor de familiares con motivo del fallecimiento de un trabajador o pensionista, Protección familiar y REMI –Renta Mínima de Inserción–).

Debe tenerse en cuenta que si la persona solicitante hizo la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de manera conjunta, se considerará que su nivel de renta individual será del 50 % de la renta total que figure en dicha declaración.

En el caso de que la persona solicitante sea mayor de 65 años, pensionista por razón de edad o persona valorada como dependiente mayor de 18 años en cualquiera de sus grados, se tendrá en consideración si tiene una o varias personas a su cargo, pues en estos casos el nivel de renta individual total admitido se verá aumentado.  

Las prestaciones exentas de tributación están definidas por la normativa tributaria y son aquellas que la persona beneficiaria no está obligada a declarar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por tanto, son datos que no están incluidos en el Certificado resumen de la declaración de la renta ni en el Certificado de imputaciones facilitado por Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Las prestaciones exentas de tributación que computan en el cálculo de ingresos son:

  • Prestaciones y pensiones de jubilación derivadas por una Gran Invalidez, Incapacidad Permanente o Incapacidad Absoluta.
  • Prestaciones derivadas por Incapacidad Permanente, Incapacidad Absoluta, Gran Invalidez o Incapacidad.
  • Prestaciones en favor de familiares.
  • Prestaciones de Orfandad.
  • Protección Familiar.
  • Prestaciones por Renta Mínima de inserción (RMI).

Sí.

Para calcular los ingresos económicos de concesión se tiene en cuenta el dato de Nivel de Renta proporcionado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y se le suman las prestaciones del INSS exentas de tributación que la persona solicitante estuviera cobrando en dicho momento.

Si ha cambiado el tipo y el número de documento de identidad, debe realizar una nueva solicitud con el nuevo documento de identificación, a través de los siguientes canales:

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