Alta rotación
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Preguntas frecuentes en relación a las plazas de alta rotación definidas y reguladas en el artículo 56 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018.
Son aquellas plazas ubicadas en calles o tramos de las mismas sometidas a una regulación especial para favorecer la rotación en su uso, reducir el tráfico de agitación y favorecer la movilidad del entorno de forma compatible con la intensa demanda de estacionamiento por su proximidad a sedes de Administraciones Públicas, centros oficiales, equipamientos sanitarios, educativos, culturales, sociales y deportivos o zonas comerciales.
En definitiva, es un ámbito diferenciado del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), cuya regulación en cuanto a tiempos de estacionamiento es particular.
El estacionamiento en estas plazas exige el abono de la tasa específica establecida en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en determinadas Zonas de la Capital (OFSER).
Salvo ordenación específica mediante señalización vertical, el tiempo máximo autorizado de estacionamiento será de cuarenta y cinco minutos, que una vez cumplido impedirá estacionar en plazas de alta rotación del mismo barrio hasta que hayan transcurrido treinta minutos desde el momento en que finalizara la autorización. Si se rebasara el límite de tiempo autorizado de estacionamiento en tiempo inferior a treinta minutos se podrá suplementar el pago por el exceso, considerándose en tal caso un estacionamiento válido, evitando con ello la infracción por estacionamiento indebido.
Las plazas de alta rotación se señalizan horizontal y verticalmente.
Las plazas de alta rotación se señalizarán horizontalmente mediante rectángulos de veinte por treinta centímetros de colores azul y blanco alternos. Existirá en el área marcada, líneas poligonales en zig zag alternando colores azul y blanco.
Fundamentalmente en zonas próximas a sedes de Administraciones Públicas, centros oficiales, equipamientos sanitarios, educativos, culturales, sociales y deportivos o zonas comerciales.
Ver Visor geográfico del Geoportal del Ayuntamiento de Madrid
Cuando se accede al visor del geoportal, se puede realizar un zoom de la zona o barrio de interés hasta tener la imagen de detalle que se muestra a continuación para una zona determinada, y comprobar las plazas de alta rotación existentes, así como del resto de plazas del SER que se muestran en el detalle de la zona.
El tique habitual para una plaza de zona azul.
No. El estacionamiento en estas plazas exige el abono de la tasa específica establecida en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en determinadas Zonas de la Capital (OFSER).
No. El estacionamiento en estas plazas exige el abono de la tasa específica establecida en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en determinadas Zonas de la Capital (OFSER).
Sí, el horario SER aplica también a estas plazas de alta rotación.