Puntos Limpios Móviles. Descripción y cantidades admisibles para particulares
A continuación se detallan los residuos admisibles en los puntos móviles del Ayuntamiento de Madrid así como el límite de cantidades por cada tipología.
Este servicio prestado a través de camiones itinerantes compartimentados está limitado en la recogida de residuos, que por sus características no pueden ser depositados en los cubos y/o contenedores de las fracciones habituales, y por tanto sólo se recogen exclusivamente los generados en la producción doméstica* de la ciudadanía madrileña.
* El concepto de "producción doméstica" hace referencia a la cantidad de residuos generados de manera ordinaria en un domicilio.
Puedes consultar la ubicación de las diferentes paradas, días y horarios en la información asociada. Además, también puedes localizar su ubicación en la información disponible en el Geoportal y en el Portal de Datos Abiertos, con detalles sobre ubicación, coordenadas, datos, horarios, entre otros.
Los tipos de residuos y las cantidades admisibles en los puntos limpios móviles son los siguientes:
- Aceite vegetal: 5 litros (se recomienda el depósito de dichos residuos en una botella de plástico).
- Ropa y calzado usado: producción doméstica (se recomienda el depósito de dichos residuos dentro de una bolsa cerrada).
- Aceite mineral: 5 litros.
- Aerosoles: 5 unidades.
- Envases metálicos contaminados: 3 unidades.
- Envases plásticos contaminados: 3 unidades.
- Pilas alcalinas, salinas y de botón, batería teléfono móvil: producción doméstica.
- Baterias:1 batería de motor.
- Tóner y cartuchos de tinta para impresoras: 4 unidades.
- Fluorescentes y bombillas de bajo consumo: 3 unidades.
- Radiografías: 50 unidades.
- Pinturas, disolventes y envases con restos de estos residuos: 5 Kg.
- Pequeños aparatos eléctricos, electrónicos: 1 unidad.
- No se admitirán ordenadores excepto componentes tales como: ratón, teclado, disco duro, tarjeta.
- Sí se admiten: tostadoras, batidoras, secadores de mano, licuadoras, planchas, exprimidores, teléfonos móviles y pequeños electrodomésticos que tengan un tamaño similar a los anteriores.
- CDs, DVDs y cintas de video: 20 unidades.
- El envase de cartón se depositará en los contenedores de papel y cartón;
- la carcasa de plástico se depositará en el contenedor de plásticos y envases.
- Cápsulas de máquinas domésticas expendendedoras de café: producción doméstica.
- Jeringuillas y agujas hipodérmicas de origen doméstico: 30 unidades (el depósito de dichos residuos será realizado por el ciudadano).
- Neumáticos de bicicleta: 1 unidad.
- Tapones de plástico de recipientes domésticos: producción doméstica.
- Pequeño menaje metálico de cocina: 2 unidades.
- La máxima dimensión no debe superar los 40 cm de longitud (no se contabilizará el mango de sartenes en esta limitación).
- Se admiten sartenes, ollas, cazos, espumaderas y similares.
Los residuos no admitidos en los puntos limpios móviles son los siguientes:
- Vidrio.
- Papel y cartón.
- Residuos orgánicos o biorresiduos.
- Maderas.
- Residuos voluminosos como por ejemplo: muebles, colchones, somieres, marcos y puertas, cajas, etc.
- Residuos de Construcción y Demolición (RCD).
- Residuos de Aparatos Eléctronicos y Eléctricos (RAEEs):
- Electrodomésticos de tamaño superior a los anteriormente indicados en residuos admisibles.
- Frigoríficos congeladores y acondicionadores de aire.
- Otros residuos eléctricos de tamaño medio o grande (pantallas, CPU de ordenadores, etc.).
- Medicamentos.
- Termómetros o elementos con mercurio que se quieran eliminar .
- Materiales radioactivos.
- Materiales explosivos o inflamables.
- Residuos infecciosos.
- Neumáticos.
- Recipientes voluminosos que hayan contenido materiales tóxicos o peligrosos.
- Residuos sin segregar.
- Residuos sin identificar.