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Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro. Empresas de suministros de agua, gas, electricidad o telecomunicaciones y sus contratistas que presten servicio de urgencias

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VEHÍCULOS PERMITIDOS

Se establece el siguiente calendario de restricción de acceso a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro en función de la categoría de clasificación ambiental:

  Desde el 2023 Desde el 2024 Desde el 2025 
 1. Vehículos a motor con MMA hasta 3.500 kg Acceden los 0 EMISIONES, ECO, C y B Acceden los 0 EMISIONES, ECO y C Acceden los 0 EMISIONES, ECO y C
 2. Vehículos a motor con MMA superior a 3.500 kg Acceden los 0 EMISIONES, ECO, C y B Acceden los 0 EMISIONES, ECO, C y B Acceden los 0 EMISIONES, ECO y C

GESTIONES

Las empresas que presten servicios de urgencia en la vía pública sobre suministro de agua, gas, electricidad o telecomunicaciones deberán solicitar, previa concertación de cita, a la Oficina Especializada de Atención a la Ciudadanía de la ZBEDEP Distrito Centro el alta como usuario en el Sistema de gestión de accesos a la misma (SGDC), que se tramitará previa comprobación de los siguientes extremos: 

  • Acreditación del objeto social de la empresa.
  • Epígrafe del IAE en que la empresa se encuentra dada de alta.
  • Documentación acreditativa de la disposición de los vehículos en los siguientes casos:
    • Nuevas adquisiciones de vehículos que aún no figuren en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico: Se aportará permiso de circulación y ficha técnica del vehículo. El permiso de acceso tendrá una vigencia máxima de dos meses contados desde el día de su concesión.
    • Vehículos en trámite de adquisición o cambio de titularidad: Deberá aportarse justificante profesional de cambio de titularidad mediante gestor administrativo, o la autorización provisional de circulación del vehículo. El permiso de acceso tendrá una vigencia máxima de dos meses contados desde el día de su concesión.
    • Vehículos en régimen de renting, leasing, o arrendamiento, siempre y cuando la parte arrendadora figure dada de alta en el IAE en un epígrafe de actividad relacionado con el arrendamiento de vehículos y, tratándose de una empresa, su objeto social esté relacionado con este tipo de actividad: contrato en el que conste la empresa interesada como arrendataria y el acta de entrega o un certificado de la parte arrendadora que permita la identificación de la matrícula del vehículo y la fecha de finalización del contrato, solo en el caso en que no aparezcan estos datos en el contrato.
    • Vehículos de sustitución: en caso de avería, resguardo de depósito u orden de reparación del vehículo emitida por taller o contrato de sustitución de la aseguradora; en caso de robo, denuncia presentada en comisaría o contrato de sustitución de la aseguradora. El permiso de acceso tendrá una vigencia máxima de dos meses contados desde el día de su concesión.

No es necesario que vuelvan a tramitar el alta y los permisos las personas (físicas o jurídicas) que estaban ya dadas de alta y tenían permiso de acceso para la antigua Zona de Bajas Emisiones "Madrid Central", siempre que cumplan los requisitos de acceso a la ZBEDEP Distrito Centro.

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