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Preguntas frecuentes sobre Tarjetas de Estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida (TEPMR)

Información de utilidad para los usuarios de Tarjetas de Estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida

No, la tarjeta de discapacidad que entregan las CCAA, no tienen ninguna validez a efectos de estacionamiento o uso de vehículos.
Sí. Se pueden presentar también los originales compulsados.
No es necesario que sean originales los estatutos de las personas jurídicas

Según se establece en el art. 224.7 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 5 de octubre de 2018:

7. La tarjeta será válida para estacionar en los lugares específicamente señalizados al efecto, gratuitamente y sin limitación de horario en las zonas reservadas para carga y descarga y en las zonas de aparcamiento del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), así como en lugares donde esté prohibido el estacionamiento mediante señales, ateniéndose en este caso a las indicaciones de los Agentes de Movilidad y Policía Municipal.

En todo el territorio nacional y de los estados miembros de la UE, siempre que se utilice con las condiciones exigidas y teniendo en cuenta que las condiciones varían de unos municipios a otros.

Sí, pero cumpliendo las condiciones de utilización establecidas para este término municipal por el Ayuntamiento de Madrid.

Igualmente serán válidas en las tarjetas emitidas válidamente por Estados miembros  de la Unión Europea que se adecuen al modelo comunitario adoptado por Recomendación 98/376/CE del Consejo, de 4 de junio, adaptada por la Recomendación 2008/2005/CE, de 3 de marzo.

Se deben mantener las condiciones por las que se concedió con anterioridad.
No, solamente se renueva a petición del interesado.

La tarjeta dará acceso a las Zonas de Bajas Emisiones o Áreas de Acceso Restringido, siempre de acuerdo a las condiciones específicas establecidas para ello. Este acceso estará vinculado también a un vehículo determinado cuyo número de matrícula será proporcionado al Ayuntamiento de Madrid por el titular de la TEPMR

Sí.

Las personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas de movilidad reducida (TEPMR) tendrán permitido el acceso de un vehículo a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro independientemente de su titularidad o categoría ambiental. No obstante, a partir del día 1 de enero de 2025 tan solo se permitirán vehículos con categoría ambiental A que trasladen personas de movilidad reducida cuando se trate de vehículos adaptados y aparezcan como tales en el registro de vehículos de la DGT.

Es necesario que la persona titular de la tarjeta TEPMR figure de alta en el Sistema de Gestión de Accesos a Distrito Centro (SGDC).

El vehículo dado de alta se podrá cambiar cuantas veces se precise (más información).

No. La TEPMR es una tarjeta personal que se puede usar en cualquier vehículo siempre que el titular de la misma sea transportado en él ya sea como conductor o como acompañante.
Sí. Los transportes colectivos pueden disponer de sus propias TEPMR si cumplen las condiciones para ello o pueden utilizar la de cualquiera de las personas que estén transportando y que disponga de ella.
El uso indebido por el interesado o por otra persona de la TEPMR, lleva aparejada la pérdida de validez y la imposibilidad de solicitar una nueva tarjeta durante un periodo que puede ser de tres, seis o veinticuatro meses, dependiendo del incumplimiento realizado. Es muy importante cumplir estrictamente con las condiciones de uso que se le entregan a cada interesado.
Sí, es obligatorio mostrar la tarjeta en el salpicadero o adherida al parabrisas para su inspección. No es suficiente solamente disponer de ella sin mostrarla.

Desde el Negociado de Autorizaciones se contactará con el titular de la tarjeta para acordar una fecha para la entrega de la TEPMR.

La entrega de la tarjeta de movilidad reducida es presencial en el citado Negociado, sito en la calle Albarracín, 33. 

 

Puede recoger la tarjeta, cualquier persona que traiga una autorización del titular. Se pide fotocopia del DNI del titular para comprobar la firma de la autorización y DNI del autorizado. 

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