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Acuerdos de Corresponsabilidad

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y en el artículo 29 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), cuando dos o más responsables determinan conjuntamente los objetivos y los medios de un tratamiento de datos personales, adquieren la condición de corresponsables del tratamiento y deben establecer, de forma transparente y mediante un acuerdo de corresponsabilidad, sus respectivas responsabilidades en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el RGPD, en particular, en lo referido al deber de información previsto en los artículos 13 y 14 del RGPD y a la atención del ejercicio de los derechos reconocidos en el Capítulo III del RGPD (acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición y portabilidad).

En cumplimiento de la obligación de transparencia establecida en el artículo 26.2 del RGPD, el Ayuntamiento de Madrid publica en esta sección el contenido esencial de los acuerdos de corresponsabilidad en el tratamiento de datos personales suscritos con otros responsables, con la finalidad de garantizar a las personas interesadas el conocimiento de los tratamientos realizados bajo este régimen y facilitar el ejercicio de sus derechos.

A continuación, se relacionan los acuerdos de corresponsabilidad vigentes suscritos por el Ayuntamiento de Madrid:

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