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Acuerdo COMISE 27 de noviembre de 2019

Acuerdo de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el período 2019-2022

Interpretación y aplicación del artículo 11 punto 1 y del Artículo 15, apartado Cuarto letra l) sobre el disfrute de hasta 14 horas anuales respectivamente, que podrán acumularse para su disfrute en jornadas completas, para el personal que presta servicio en las escuelas infantiles:

“El personal que preste sus servicios en Escuelas Infantiles tendrá derecho al disfrute de los días por asuntos particulares previstos en los artículos 11.1 y 15. cuarto l, compensándose con los días no lectivos previstos en el calendario escolar vigente en ese momento.

En caso de existir diferencia entre éstos y aquéllos, a favor de los recogidos en el Acuerdo de condiciones comunes para el personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Autónomos, se disfrutaran dentro del año natural correspondiente, siéndole de aplicación  el régimen de disfrute previsto en el citado texto convencional.” 

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