Acuerdo COMISE 27 de febrero de 2020
Acuerdo de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el período 2019-2022:
“En la actual redacción del 48 f TREBEP y en el 37 4 TRELET, en la lactancia se ha suprimido el que no puedan disfrutar el permiso de lactancia ambos progenitores si trabajan, por tratarse de un derecho individual de cada uno de ellos.
Esta regulación, resultante de las modificaciones introducidas en el TREBEP (art. 48. f,) y en el TRELET (art. 37.4) por el Real Decreto Ley 6/2019 de 1 de marzo, de "Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación", es posterior a la firma del Acuerdo de condiciones comunes 2019-2022, y en consecuencia y por tratarse de disposiciones de carácter general y de rango normativo superior, es de aplicación tanto al personal funcionario como al personal laboral del Ayuntamiento de Madrid en sustitución de las condiciones pactadas en el acuerdo de condiciones comunes 2019-2022 sin perjuicio de las mejoras acordadas compatibles con ella en la norma local sobre las condiciones de trabajo en los supuestos de maternidad y paternidad reguladas en el artículo 17.
En consecuencia los empleados del Ayuntamiento, como todos los demás, disfrutan del permiso de lactancia a título individual, cada progenitor, independientemente de que el otro progenitor, empleado o no del Ayuntamiento, disfrute asimismo del permiso.”