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Compatibilidades y conflicto de intereses. Personal de nuevo ingreso. Preguntas frecuentes

Aplicables a personal de nuevo ingreso.
Ver en información relacionada las preguntas frecuentes aplicables a personal que no sea de nuevo ingreso.

La solicitud debe realizarse siemprecon carácter previo al ejercicio simultáneo de cualquier puesto o actividad, ya sea pública o privada, junto con el puesto público municipal.

No, las solicitudes solo se tramitan cuando ya existe una propuesta de asignación de puesto en el Ayuntamiento de Madrid, organismo autónomo o empresa pública municipal.

Las peticiones realizadas antes de ese momento se consideran únicamente consultas informativas.

Si se desea compatibilizar una actividad privada con el puesto en el Ayuntamiento de Madrid, organismo autónomo o empresa pública municipal; la solicitud debe presentarse en esta misma administración mediante el formulario electrónico “solicitud de autorización o reconocimiento de compatibilidad”, disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

En ese caso, la solicitud de autorización debe presentarse ante el órgano competente de la Administración donde esté adscrito el puesto principal.

Debe causar baja en esa actividad con fecha de efectos del día anterior a la toma de posesión en el Ayuntamiento de Madrid, organismos autónomos o empresas públicas municipales.

Debe tenerse en cuenta que los períodos ordinarios de vacaciones se consideran períodos de prestación de servicios, por lo que no se pueden compatibilizar con el desempeño de un puesto público; mientras que los supuestos de altas especiales en la seguridad social por cotización de vacaciones devengadas y no disfrutadas no se consideran prestación efectiva de servicios, pudiendo compatibilizarse con el nuevo puesto público.

Debe realizar, antes de la toma de posesión y dentro de los diez primeros días naturales del plazo posesorio, los siguientes trámites:

  1. Presentar la solicitud de compatibilidad correspondiente:
    • Si desempeña un puesto público: solicitar la autorización de compatibilidad ante la Administración en la que tenga su puesto principal.
    • Si realiza una actividad privada: solicitar el reconocimiento de compatibilidad ante el Ayuntamiento de Madrid.
  2. Solicitar simultáneamente la suspensión del plazo de toma de posesión en el puesto público municipal, hasta que se resuelva la solicitud de compatibilidad.

La forma de tramitar la solicitud de compatibilidad varía según el tipo de personal:

  • Personal del Ayuntamiento de Madrid o de sus organismos autónomos que ha superado un proceso selectivo: la Subdirección General de Selección incluirá en el anuncio de apertura del plazo de toma de posesión las instrucciones necesarias para que el personal interesado solicite la compatibilidad con carácter previo a la toma de posesión.
  • Resto de personal del Ayuntamiento de Madrid o de sus organismos autónomos: deberá marcarse la casilla “Solicito reconocimiento de compatibilidad para el ejercicio de la actividad privada", así como prórroga en el plazo de toma de posesión en el puesto público hasta que se resuelva la solicitud”, del documento de actividades ajenas al empleo municipal (IN.2), que forma parte del pack de bienvenida que se rellena con ocasión de la incorporación a la plantilla municipal.
  • Personal de empresas públicas municipales: deberá informar a la empresa pública municipal durante el proceso de contratación de su intención de compatibilizar el ejercicio de puesto público con una segunda actividad, a efectos de que la empresa solicite al órgano competente del Ayuntamiento de Madrid la valoración de la solicitud con carácter previo al inicio de prestación de servicios en la empresa pública municipal.

Sí, puede realizar comprobaciones aleatorias solicitando documentación para acreditar el cumplimiento de la normativa de incompatibilidades.

El incumplimiento de dicha normativa puede conllevar responsabilidad disciplinaria.

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