Saltar navegación

Categorías

Usted ha accedido a una información que no pertenece a la Sede electrónica

Para más información consulte nuestro apartado de Aviso Legal

Pueden tener la Tarjeta Azul:

  • Personas mayores de 65 años.
  • Pensionistas por edad, entre los 60 y los 65 años.
  • Pensionistas por gran invalidez o por incapacidad permanente absoluta o total.
  • Personas con una discapacidad igual o superior al 33 %, mayores de 18 años.
  • Personas con una discapacidad igual o superior al 33 %, mayores de 7 años y menores de 18. Los menores de 7 años deben pedir en el CRTM la Tarjeta Infantil de Transportes, con la que viajan gratis.
  • Personas incapacitadas legalmente.
  • Personas valoradas como dependientes, mayores de 18 años.
  • El cónyuge o la pareja de hecho de una persona beneficiaria que sea mayor de 65 años o pensionista (por edad, entre los 60 y los 65 años; por gran invalidez; o por incapacidad permanente absoluta o total).

Está en la categoría de «persona incapacitada legalmente». 

 En esta categoría, si se cumplen los demás requisitos, la tarjeta se concede automáticamente. 

 

Son «personas a cargo» los hijos o descendientes solteros menores de 25 años, y las personas con discapacidad, que viven con la persona beneficiaria. 

Según el caso, se acredita con estos documentos:

  • Hijos menores de 25 años que viven con la persona beneficiaria: libro de familia o certificado de nacimiento.

Según el caso, se acredita con estos documentos:

  • Hijos menores de 25 años que viven con la persona beneficiaria: libro de familia o certificado de nacimiento.
  • Personas con discapacidad que viven con la persona beneficiaria: sentencia judicial de incapacidad legal.
  • Acogimientos familiares: documento del acogimiento familiar.

Los documentos solo se pueden presentar en persona, en una Oficina de Atención a la Ciudadanía. 

 

Depende de su edad:

  • Menor de 18 años, o mayor de 18 incapacitada legalmente: sí tiene derecho, porque la tarjeta se concede automáticamente.
  • Mayor de 18 años: se comprueban sus propios ingresos, no los de su padre, madre o tutor. Si no superan el límite legal (tres veces el IPREM), tiene derecho.

No. Ser viudo o viuda, por sí solo, no da derecho a la Tarjeta Azul, aunque los ingresos sean inferiores al IPREM, porque no es una de las categorías de personas beneficiarias.  

Sí podrá solicitarla si pertenece a otra de las categorías (por ejemplo, si tiene más de 65 años). 

 

Sí. Al tener más de 65 años, cada uno de ustedes puede solicitar la Tarjeta Azul por su cuenta.  

Los ingresos se comprueban de forma individual, con los datos de renta de la Agencia Tributaria (AEAT) y las posibles pensiones exentas de tributación del INSS.  

Si presentaron declaración conjunta, el nivel de renta que facilita la AEAT se divide entre dos. 

 

Solo puede solicitarla si se cumplen estas dos condiciones:

  1. Su cónyuge o pareja de hecho pertenece a una de estas categorías: mayor de 65 años; pensionista por edad entre los 60 y los 65 años; o pensionista por gran invalidez o por incapacidad permanente (absoluta o total).
  2. Usted no tiene ingresos de ningún tipo procedentes de la Agencia Tributaria (AEAT) ni del INSS.

Importante: si presentaron declaración conjunta, se considera que usted ha recibido la mitad de los ingresos declarados. En ese caso no cumple el requisito económico y su solicitud se rechaza.

 

Subir Bajar