Requisitos
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Para más información consulte nuestro apartado de Aviso Legal
El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) es una cifra que se usa en España como referencia para decidir quién puede recibir ayudas, becas y subvenciones del Estado y de otras administraciones, y también el subsidio de desempleo.
Su valor se fija, con carácter general, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Para pedir la Tarjeta Azul por internet, en el trámite de la sede electrónica, necesita:
- Abrir el enlace www.madrid.es/tarjetaazul Botón Tramitar-En Línea
- Estar en una de las categorías que pueden tramitarla en línea. Encontrará la lista en el apartado «Cómo realizar el trámite».
- Una fotografía que cumpla los requisitos de la guía de tramitación digital de la Tarjeta Azul (en «Información relacionada – Documentación asociada»).
- Un medio de identificación electrónica admitido por el Ayuntamiento de Madrid.
- Dar su consentimiento, o no oponerse, a que el Ayuntamiento compruebe automáticamente los requisitos a través de la plataforma de intermediación de datos.
Depende de su edad y de su nacionalidad:
- Menores con nacionalidad española: el DNI es obligatorio desde los 14 años. Aun así, entre los 14 y los 17 años se puede hacer el trámite sin DNI.
- Menores sin nacionalidad española: deben tener una tarjeta de residencia en vigor o un Número de Identificación de Extranjero (NIE), junto con un documento que acredite su identidad.
- Menores con discapacidad: en cualquier caso, un menor de 18 años puede pedir la Tarjeta Azul si tiene una discapacidad igual o superior al 33 %.
El límite de ingresos personales depende del IPREM. Con carácter general, cambia cada año, según lo que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Puede consultar el límite del año en curso en la sección «Documentación asociada – Requisitos documentales» del trámite en sede electrónica de Tarjeta Azul.
Pincha en el enlace para acceso directo Requisitos vigentes documentales para la obtención de la Tarjeta Azul.pdf .
Los ingresos se calculan sumando dos datos:
- Agencia Tributaria (AEAT): su declaración de la renta (IRPF) del año anterior o, si no declaró, sus imputaciones de renta. Declaración conjunta: si hizo la declaración de la renta junto a otra persona, se considera que su renta individual es el 50 % de la renta total de esa declaración.
- Seguridad Social (INSS): las prestaciones exentas de tributación que cobró. En general son: protección familiar, ingreso mínimo vital, pensiones de jubilación derivadas de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, nacimiento y cuidado del menor (excepto haciendas forales), paternidad, maternidad no contributiva, orfandad y pensión en favor de familiares.
- Límite más alto: si tiene más de 65 años, es pensionista por edad o está valorado como persona dependiente mayor de 18 años (en cualquier grado), se tiene en cuenta si tiene personas a su cargo. En ese caso, el límite de renta que se admite es mayor.
Son prestaciones que la normativa fiscal no obliga a declarar en la declaración de la renta (IRPF). Por eso no aparecen en el certificado resumen de la declaración de la renta ni en el certificado de imputaciones de la AEAT, y se suman aparte.
En general, las que se tienen en cuenta para calcular los ingresos son:
- Pensiones de jubilación derivadas de una gran invalidez o de una incapacidad permanente absoluta.
- Ingreso mínimo vital.
- Pensión en favor de familiares.
- Orfandad.
- Protección familiar.
- Nacimiento y cuidado del menor (excepto haciendas forales).
- Paternidad.
- Maternidad no contributiva.
Sí, cuenta.
Para calcular sus ingresos se suman dos cantidades: el nivel de renta que facilita la AEAT (Agencia Tributaria) del último año fiscal disponible (en caso de declaración conjunta se toma la mitad del importe comunicado) y las prestaciones exentas de tributación del INSS (Seguridad Social) que usted cobró ese mismo año.
Tiene que hacer una nueva solicitud con su nuevo documento de identidad. Puede hacerlo:
- En persona, en una Oficina de Atención a la Ciudadanía
- Por internet, con el botón « Tramitar en línea ». Por ahora, solo está disponible para la categoría «Persona con discapacidad mayor de 18 años».