Consentimientos para la solicitud de la Tarjeta Azul
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Para más información consulte nuestro apartado de Aviso Legal
El consentimiento es una autorización imprescindible para que el Ayuntamiento pueda consultar sus datos en la Plataforma de Intermediación de Datos (PID).
En el documento de consentimiento se marcan los datos y los organismos a los que autoriza el acceso. Debe firmarlo la persona solicitante o su representante legal.
Si no da su consentimiento, tendrá que aportar la documentación original durante la solicitud. Además, en las comprobaciones periódicas tendrá que acudir en persona para presentar la documentación que se le pida.
El artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, reconoce un derecho a toda la ciudadanía: no tener que aportar datos o documentos que ya están en poder de la Administración Pública.
La PID es una plataforma del Gobierno de España. Recibe peticiones de datos (siempre con el consentimiento de la persona interesada) y las dirige a los organismos propietarios de esos datos, que los han puesto a disposición de la plataforma.
Para la Tarjeta Azul, si usted ha dado su consentimiento o no se ha opuesto a la consulta automática, se pueden consultar:
- Datos de residencia, a través del Padrón.
- Datos de prestaciones, situaciones y hechos causantes de la Tesorería de la Seguridad Social.
- Datos de servicios sociales, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
- Datos de ingresos, a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Datos de discapacidad o dependencia emitidos por las comunidades autónomas.
- Datos de matrimonio, a través del Ministerio de Justicia.
- Datos de pareja de hecho, a través de las comunidades autónomas responsables.
Puede consultar más información a través del siguiente enlace: Portal de Administración Electrónica >Estrategias >Racionaliza y Comparte >Elementos comunes >Intermediación de datos.
A través de la PID se consultan las prestaciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que están exentas de tributación en el IRPF y que usted pueda recibir. Para calcular el requisito económico, estas prestaciones se suman a los ingresos que facilita la AEAT.
En general, son las siguientes (la lista no es exhaustiva):
- Pensiones de jubilación derivadas de una gran invalidez o de una incapacidad permanente absoluta.
- Ingreso mínimo vital.
- Pensión en favor de familiares.
- Orfandad.
- Protección familiar.
- Nacimiento y cuidado del menor (excepto haciendas forales).
- Paternidad.
- Maternidad no contributiva.
Quien recoge el consentimiento es el funcionario o trabajador público que va a consultar los datos. Cada vez que se vayan a consultar datos en la PID, esa persona debe comprobar que el consentimiento:
- está bien cumplimentado;
- está firmado por la persona solicitante o por su representante legal; y
- autoriza la consulta de datos en el organismo correspondiente.
La PID hace auditorías periódicas para verificar que las consultas del personal público cuentan con los consentimientos necesarios.
Tiene que acudir en persona a una Oficina de atención a la ciudadaníapara tramitar su solicitud.
Consulte el apartado «Documentación» del trámite Tarjeta Azul en sede electrónica de Tarjeta para saber qué documentos debe presentar para acreditar los requisitos.
Por ahora, la PID no permite consultar los dictámenes de discapacidad emitidos por organismos que no son comunidades autónomas.
Por eso, tiene que tramitar la solicitud en persona en una Oficina de Atención a la Ciudadanía y llevar los documentos que acrediten que cumple los requisitos para obtener la Tarjeta Azul.