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Preguntas frecuentes en torno a la participación en la convocatoria de subvenciones de cooperación internacional para el desarrollo 2026

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Aviso

Con carácter previo a tramitar la solicitud y para facilitar el trabajo se recomienda leer las instrucciones y en particular “previo a cumplimentar el formulario de solicitud se deberán cumplimentar todos los ANEXOS correspondientes para ser adjuntados a la solicitud de subvención”.

Pueden participar todas las entidades que cumplan los requisitos recogidos en el apartado 4 de la convocatoria

Tendré que identificarme con el certificado de persona jurídica y elegir la opción: persona o entidad interesada.

No. La presentación será sólo y exclusivamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es, pinchando en la opción: “Tramitar en línea”

Cumplimentando el formulario de solicitud disponible en Sede Electrónica.

 La presentación de la solicitud de subvención se realizará de forma telemática, a través de dicha sede, y habrá de ejecutarse la acción de “Firmar y enviar” existente en la misma.

Con carácter previo a tramitar la solicitud y para facilitar el trabajo se recomienda leer las instrucciones y en particular previo a cumplimentar el formulario de solicitud se deberán cumplimentar todos los ANEXOS correspondientes para ser adjuntados a la solicitud de subvención”.

 

Según el apartado.2.4 de la convocatoria, cada entidad sólo podrá presentar, de forma independiente o en agrupación con otras entidades, un solo proyecto.

Tampoco se podrá presentar el mismo proyecto a más de una convocatoria del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad entre las que exista una coincidencia, ya sea parcial o total, en cuanto a los plazos establecidos en ellas para la ejecución de los proyectos. La presentación del mismo proyecto a más de una convocatoria en los términos señalados implicará la admisión de la solicitud de subvención en relación con la convocatoria con fecha de publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid más antigua y su exclusión en la/s restante/s convocatoria/s.

Según recoge el apartado 5.2 de la convocatoria, los siguientes formularios de obligada cumplimentación-, componen la solicitud de subvención: 

-       Solicitud de subvención

-       Anexo 1: Datos valorables de la entidad solicitante, salvo aquellas entidades acreditadas como calificadas por AECID para la ejecución              de  convenios que deseen acogerse a lo establecido en el apartado 6.1.1 de esta convocatoria, en cuyo caso en lugar del Anexo 1                      deberán presentar:

             o La Resolución del procedimiento de obtención de la calificación expedida por AECID

            o El resultado positivo del último ejercicio de revisión

 -       Anexo 2: Datos valorables de la entidad local

-       Anexo 3: Datos valorables del proyecto

-       Anexo 4: Planificación del proyecto

-       Anexo 5: Presupuesto del proyecto por partidas, subpartidas y actividades

 

Cualquier modificación de formato en los anexos 1. Datos valorables de la entidad solicitante, 2. Datos valorables de la entidad local y 3. Datos valorables del proyecto, invalidará los mismos, lo que supondrá de forma automática que no serán tenidos en consideración. Estos anexos se pueden presentar en PDF o Word

En el anexo 4. Planificación del proyecto se pueden incluir tantos cuadros y filas para resultados, indicadores y actividades como precise; así como la extensión de estos que haga falta según el proyecto. Este se puede presentar en PDF o Word.

El anexo 5. Presupuesto del proyecto por partidas, subpartidas y actividades, se permite incluir las filas y/o columnas necesarias, siempre sin alterar las fórmulas. Este habrá de presentarse obligatoriamente en formato compatible con .xls

Según lo especificado en el apartado 5.2. de la convocatoria:

  • En el caso de que se incluya en el presupuesto costes indirectos, los cuales deberán ser calculados sobre el total de los costes directos, se deberá presentar estudio económico firmado por el responsable de la entidad que justifique el porcentaje de costes indirectos imputados a la subvención. Las entidades pueden encontrar un modelo en la en la página web madrid.es/madridsolidaria en el apartado de la convocatoria correspondiente. 
  • Además de la documentación indicada, las entidades solicitantes podrán presentar documentación complementaria que consideren necesaria para la valoración del proyecto. Esta documentación no será valorada cuando tenga como único objeto ampliar la descripción ya prevista en los apartados ya incluidos en los formularios. Para ello, podrán presentar un máximo de 13 archivos, incluidos los obligatorios de la convocatoria, con un peso máximo de 15 MB.

El apartado 5.2 especifica que no se admitirán ni se valorarán en ningún caso archivos comprimidos (como, por ejemplo, formatos .zip, .rar o similares) que incluyan varios documentos. Sin embargo, se permite anexar diferentes documentos en un mismo archivo siempre que al inicio incluya un índice que indique la documentación que contiene.

Sí. Además, dicha solicitud deberá completarse con todos los documentos que la componen, dado que tal y como recoge el artículo 5.1 de la convocatoria y siempre dentro del plazo establecido, la presentación de cualquier solicitud, documentación adicional, etc…, sustituirá en su totalidad a la presentada anteriormente.

Por tanto, sólo se considerará la última solicitud presentada, siendo ésta la única a valorar.

El apartado 10.15 de la convocatoria considera gasto subvencionable el Informe del auditor y su traducción al español cuando proceda, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 24 de misma a efectos de la justificación del proyecto.

Sin embargo, en ningún caso se consideran gastos subvencionables, los costes de evaluaciones y auditorías del proyecto con la excepción de lo indicado en el párrafo anterior (apartado 10.19.g).

Se deberá completar un Anexo II Datos valorables de la entidad local, por cada una de las “contrapartes locales” con las que se vaya a trabajar y en la Memoria se incluirán los nombres de todas las organizaciones implicadas.

El apartado 6.2.2.b) en relación con la calidad de los indicadores, en otros aspectos señala que se valorará la utilización de los indicadores básicos establecidos en la base de datos elaborada por la D.G. Inclusión Social y Cooperación al Desarrollo, estos se encuentran accesibles a través del siguiente enlace madrid.es/madridsolidariaindicadores.

 

 

Según el apartado 6.2.3.c) no se delimita la localización geográfica de la empresa que participa en el proyecto con al menos el 5% del presupuesto total del proyecto, pudiendo tener su domicilio fiscal en la ciudad de Madrid o en cualquier otro destino.

En caso de contar con este aporte, se reflejará como cofinanciación y se incluirá en el coste total del proyecto.

Sí, el proyecto puede ser cofinanciado. En el formulario de solicitud se indicará si hay prevista o no cofinanciación, marcando las casillas SI o NO según corresponda. En caso de existir cofinanciación las casillas “Importe subvención solicitada” e “Importe total del proyecto”, reflejarán los distintos importes, y en caso de que no la haya, constará la misma cuantía.Según el apartado 9. 1 de la convocatoria:

9.1. Dado el fin social de los proyectos objeto de subvención, la cuantía de esta consistirá en un importe cierto que podrá coincidir con el coste total del proyecto, a los efectos del artículo 18.1 de la OBRGS.

 

En el caso de que haya cofinanciación en el proyecto presentado, tendrán que añadir en el Anexo 5 Presupuesto del proyecto tantas columnas como financiadores participen en el proyecto, indicando en primer lugar el importe de la subvención solicitada al ayuntamiento y a continuación la de los otros cofinanciadores. Se debe incluir al final una columna con la suma total del importe de cada fila.


Estas columnas se deben añadir en cada una de las tres hojas que forman el Anexo 5. Presupuesto del proyecto.

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