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Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro. Colectivo cualificado de titulares de vehículos comerciales e industriales del Servicio de Estacionamiento Regulado

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VEHÍCULOS PERMITIDOS

Podrán acceder a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro todos aquellos que dispongan de autorización del SER como colectivo cualificado de titulares de vehículos comerciales e industriales y durante el tiempo que ésta se encuentre en vigor.

Desde el 24 de octubre de 2018 no se conceden nuevas autorizaciones del colectivo cualificado de titulares de vehículos comerciales e industriales para turismos rotulados con categoría ambiental A. Los turismos rotulados de categoría B podrán obtener autorización de este colectivo cualificado del SER hasta la fecha que en su caso determine la Junta de Gobierno u órgano en que delegue.

Los vehículos industriales que dispongan de autorización del SER de este colectivo cualificado podrán acceder a la ZBEDEP Distrito Centro, sin restricción horaria, en función de la MMA y su categoría de clasificación ambiental. Los requisitos de acceso son los siguientes:

  • Vehículos ligeros (Masa máxima autorizada <3.500 kg): No pueden acceder los vehículos con categoría A y desde el 1 de enero de 2024 tampoco los que tengan categoría ambiental B.
  • Vehículos pesados (MMA > 3.500 kg). Los vehículos con categoría ambiental A podrán acceder hasta el 31 de diciembre de 2022, y los vehículos con categoría ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2024.

GESTIONES

La autorización de acceso de estos vehículos a la ZBEDEP Distrito Centro se hará de oficio por la Administración Municipal.

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