Saltar navegación

Tasa por la prestación de servicios de higiene y salud pública

Usted ha accedido a una información que no pertenece a la Sede electrónica

Para más información consulte nuestro apartado de Aviso Legal

Integra la prestación de los servicios del Laboratorio Municipal de Salud Pública, Servicios Veterinarios y Servicios de Salud Ambiental de Madrid Salud, los análisis de alimentos, bebidas y productos que interesan a la higiene y sanidad o el control Zoosanitario.

Integra la prestación de los servicios del Laboratorio Municipal de Salud Pública, Servicios Veterinarios y Servicios de Salud Ambiental de Madrid Salud, que a continuación se relacionan:

  • Análisis de alimentos, bebidas y productos que interesan a la higiene y sanidad.
  • Control Zoosanitario.

La tasa se devenga cuando se presente la solicitud, o se inicie la prestación del servicio o la realización de la actividad.

" ¿A quién va dirigido?

A aquellas personas que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por la prestación de los diferentes servicios del Laboratorio Municipal de Salud Pública, Servicios Veterinarios y Servicios de Salud Ambiental.

" Pago

La cuota se determinará según cantidad fija o en función de los elementos o factores que se indican en las tarifas publicadas en la Ordenanza.

El pago de la tasa deberá efectuarse dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección, salvo cuando el servicio se preste a petición de parte que deberá pagarse cuando se presente la solicitud, sin cuyo requisito no se efectuará el servicio.

Podrá efectuarse en cualquiera de las entidades financieras y bancarias autorizadas.

" Fundamento Legal

Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios de Higiene y Salud Pública, de 30 de noviembre de 1998.

"  Entidad Gestora

La gestión de esta tasa está delegada en el Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud (Resolución de 15 de septiembre de 2020 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de delegación de competencias en materia tributaria).

Subir Bajar