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Órganos de asistencia. Mesas de contratación

Con carácter general, los órganos de contratación estarán asistidos por una Mesa de Contratación que será competente para la valoración de las ofertas.
La designación de los miembros de la mesa de contratación podrá hacerse con carácter permanente o de manera específica para la adjudicación de cada contrato, cuando las circunstancias especiales así lo requieran.

Por Acuerdos de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 23 de marzo de 2018 , se designa el personal  que integra las mesas de contratación del Ayuntamiento de Madrid , así como  de la Presidencia del Pleno y del Tribunal Económico Administrativo Municipal de Madrid, derogando los anteriores Acuerdos de la Junta de Gobierno sobre esta materia. En los Organismos Autónomos, la designación se lleva a cabo, con carácter general, por cada uno de sus Gerentes.

En este contenido se facilita información de la composición de las Mesas de carácter permanente del Ayuntamiento de Madrid. En los contratos que concurran circunstancias especiales que requieran una designación específica, esta información se proporciona asociada al expediente concreto.

De igual manera, en aquellos supuestos en los que intervenga comité de expertos u organismo técnico especializado, su composición se publica asociada al expediente, como información adicional del mismo.

Las actas de las mesas de contratación también se publican en el perfil de contratante, pudiendo consultarse asociadas a cada expediente de contratación, como información adicional de los anuncios.

La publicación de las actas de las mesas de contratación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid en el ámbito de las obligaciones de publicidad activa . Dicha publicación tiene, por tanto, carácter informativo.

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