Tasa por la expedición de tarjetas de armas de aire comprimido
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Autoliquidacion con motivo de la tramitación de los expedientes necesarios para la expedición de la tarjeta de armas de cuarta categoría (armas de aire comprimido).
Constituye el objeto de la Tasa la actividad administrativa desarrollada con motivo de la tramitación, a instancia de persona interesada, de los expedientes necesarios para la expedición, por la Administración u Órganos Municipales, de la tarjeta de armas de cuarta categoría (armas de aire comprimido).
Tramitación presencial
- Departamento de gestión administrativa. Dirección General de la Policía Municipal.
- Oficinas municipales de asistencia en materia de registro.
Documentación
Mediante impreso de autoliquidación que puede imprimirse y cumplimentarse desde el apartado Información relacionada o recogerlo en el Departamento de Gestión Administrativa de la Dirección General de la Policía Municipal, y en el resto de los registros municipales.
Datos de pago
20,75 euros a pagar en cualquier entidad autorizada: Entidades financieras y bancarias autorizadas.
Fundamento Legal
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos, de 6 de octubre de 1989.
Entidad Gestora
Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid.
Información relacionada
- Impreso de autoliquidación. Armas de aire comprimido. Expedición de la tarjeta
- Instrucciones. Autoliquidación de la Tasa por la expedición de documentos administrativos
- Solicitud de tarjeta de armas 4ª categoría
- Departamento de Gestión Administrativa. Dirección General de la Policía Municipal
-
Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid
Sin cita previa
- Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid