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Propuesta de Resolución Provisional Subvenciones a Asociaciones Juveniles 2016

Propuesta de resolución provisional de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones 2016 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de actividades juveniles, de la dirección general de familia, infancia, educación y juventud

De conformidad con lo estipulado en el artículo 27 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 30 de octubre de 2013, y el artículo 14  de la Convocatoria Pública de Subvenciones 2016 del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de actividades juveniles en el municipio de Madrid,  y a la vista del informe emitido por la Comisión de Valoración de fecha 3 de noviembre de 2016, el órgano instructor que suscribe formula PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL según las relaciones que se adjuntan (Anexo I: Relación de Entidades Respecto de las que a Comisión de Valoración formula Propuesta Provisional de Concesión de Subvenciones, y Anexo II: Solicitudes de Subvenciones Desestimadas).

Lo que se hace público para conocimiento y efectos de los interesados indicando que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14 de la Convocatoria, podrán formular las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha del presente anuncio.

Igualmente, de acuerdo con lo previsto en el art. 14 de la Convocatoria, si el importe de la subvención consignado en la propuesta de resolución provisional fuese inferior al solicitado por la entidad, ésta deberá mantener el proyecto en los términos previstos en su solicitud, debiendo en este caso aportar directamente o por financiación de terceros la diferencia entre la cantidad solicitada y la cantidad concedida. En este caso, la entidad beneficiaria, en el plazo previsto en el apartado anterior, deberá presentar nuevo presupuesto de ingresos del proyecto, en el que se reflejará la subvención asignada según la propuesta de resolución provisional.

La presente propuesta de resolución no genera derecho alguno a favor de los beneficiarios propuestos.

Se adjunta en el apartado documentación asociada "Resolución Provisional" e impreso de "modelo nuevo presupuesto de ingresos"

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