Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Baja
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Los sujetos pasivos que cesen en el ejercicio de una actividad están obligados a presentar declaración de baja.
Cómo realizar el trámite
Consulte la información en la página web: www.agenciatributaria.es.
Cambio de domicilio fiscal: a través del teléfono 010 (915 298 210 dentro y fuera del municipio de Madrid).
Plazo
Antes del transcurso de un mes desde que se produce la baja. Si se presenta fuera de plazo se deberá aportar junto con la declaración de la baja ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la documentación que acredite que la fecha de la baja se produjo en la fecha que se declara.
Documentación
- Impreso normalizado donde se consignan los datos modificados.
- DNI / NIE / NIF.
Importe
Las cuotas serán prorrateadas por el Ayuntamiento de Madrid por trimestres naturales.
Tramitación
La Agencia Estatal de Administración Tributaria comunica al Ayuntamiento la baja, sin que tenga que hacerlo la persona interesada.
Información complementaria
Los términos tributarios utilizados en género masculino se entienden para referirse a las personas en general y sólo se mencionan en aquellos casos en que la normativa expresamente así lo preceptúa.
Fundamento legal
- Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria. BOE número 302 de 18 de diciembre de 2003.
- Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto.
- Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. BOE número 210 de 2 de septiembre de 2005.
- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas. Redacción vigente aprobada por Acuerdo Pleno de 23 de diciembre de 2020. BOCM número 316 de 29 de diciembre de 2020.
Entidad Gestora
Agencia Estatal de Administración Tributaria