Celebración de matrimonio civil en el Registro Civil Único de Madrid
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Los trámites para el matrimonio civil pueden iniciarse en el Registro Civil del municipio en la que esté domiciliado o tenga su residencia habitual uno o los dos futuros contrayentes. También puede iniciarse el trámite si están domiciliados en poblaciones distintas; podrán elegir la que más les convenga. El lugar de celebración sin embargo, puede ser cualquier otro Registro civil, Ayuntamiento o Notaría, a elección de los contrayentes.
Se requiere la declaración de dos testigos para iniciar el expediente previo a la boda, dichos testigos deben comparecer debidamente identificados.
En el momento de pedir cita no hace falta disponer de la documentación quie deberá ser presentada el día en que se haya obtenido cita y se inicie formalmente la tramitación del expediente.
En el caso de iniciar el expediente en el Registro Civil Único de Madrid:
- Información: 914 936 783 / rcmadrid.matrimoniocivil@madrid.org (solicitar información PREFERENTEMENTE por correo electrónico)
- El día de la cita deben presentarse LOS DOS CONTRAYENTES, acompañados de DOS TESTIGOS mayores de edad, familiares o amigos que les conozcan, debidamente documentados.
- Este día NO es el de la BODA, sino el inicio del expediente para obtener la autorización para casarse.
Documentación
- Instancia debidamente cumplimentada.
- DNI o PASAPORTE o NIE (ORIGINAL Y FOTOCOPIA) en vigor.
- CERTIFICADO LITERAL DE NACIMIENTO expedido hace MENOS DE UN AÑO. Solicitud en el registro civil donde se está inscrito. Los digitalizados se obtienen con certificado digital o clave PIN en https://sede.mjusticia.gob.es/es.
- ACREDITAR AMBOS CONTRAYENTES SU DOMICILIO. Se acredita mediante el Padrón municipal español histórico (caducidad de TRES meses desde que se expide) o, en su caso, certificado equivalente para domiciliados en el extranjero.
- SOLTEROS EXTRANJEROS. Certificado de capacidad matrimonial o en su caso Certificado de soltería, según lo establezca la ley de su país.
- Los DIVORCIADOS o ANULADOS. Certificado literal de matrimonio anterior con la anotación marginal del divorcio o de nulidad. Se solicita en el registro civil donde se está inscrito. Los digitalizados se obtienen con certificado digital o clave PIN en https://sede.mjusticia.gob.es/es.
- Los VIUDOS: Certificado literal de matrimonio anterior y certificado literal de defunción del cónyuge fallecido. Se solicita en el registro civil donde se está inscrito. Los digitalizados se obtienen con certificado digital o clave PIN en https://sede.mjusticia.gob.es/es.
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- Padrón Municipal. Solicitud de certificado de empadronamiento