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Tasa por la expedición del documento administrativo de autorización de rodajes, documentales y reportajes en el dominio público local

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Para más información consulte nuestro apartado de Aviso Legal

Autoliquidación con motivo de la tramitación de los expedientes necesarios para la expedición de las autorizaciones administrativas para rodajes, documentales y reportajes en el dominio público local.

Constituye el objeto de la Tasa la actividad administrativa desarrollada con motivo de la tramitación, a instancia de persona interesada, de los expedientes necesarios para la expedición, por la Administración u Órganos Municipales, de las autorizaciones administrativas para rodajes, documentales y reportajes en el dominio público local.

" ¿A quién va dirigido?

A las personas físicas y jurídicas, las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria, que soliciten el documento.

" Gestión

La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación, en el momento de presentar la solicitud de autorizaciones administrativas para rodajes, documentales y reportajes en el dominio público local. Deberá acreditar el ingreso del importe total estimado de la deuda tributaria, a cuenta de la liquidación que en definitiva corresponda.

Consulte toda la información sobre la solicitud de estas autorizaciones en Rodajes cinematográficos, documentales y reportajes. Permiso de ocupación de la vía pública.

" Importe

Por cada documento administrativo de autorización que se tramite para rodajes, documentales y reportajes en el dominio público local: 48,65 euros.

" Fundamento Legal

" Entidad Gestora

Agencia Tributaria Madrid del Ayuntamiento de Madrid.

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