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9-7.7 Notificación de resolución de revocación de oficio de expediente sancionador

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Se ha revocado el acto sancionador, por lo que se queda sin efecto la sanción impuesta y se archivan las actuaciones. No obstante, puede interponer un recurso contencioso administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la práctica de la notificación.

En el supuesto de haber procedido al pago de la multa, podrá solicitar en el plazo de 10 días la devolución de su importe mediante un escrito en el cual incluya todos sus datos, incluido el número de cuenta (IBAN), y el número de referencia del expediente.

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