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Actividades excluidas de la declaración responsable de actividades económicas

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Quedan excluidas para su implantación o ejercicio mediante la presentación de una declaración responsable de actividades económicas, comerciales y de servicios, las siguientes:

  • Las actuaciones que conlleven uso privativo u ocupación de los bienes de dominio público, excepto actividades comerciales y de servicio que ocupen los locales individuales en los mercados municipales gestionados en régimen de concesión.
  • Las actuaciones que afecten a inmuebles declarados como Bienes de Interés Cultural con declaración individualizada, a los bienes incluidos a título individual en el inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid, así como a los inmuebles catalogados dentro del nivel de máxima protección en el planeamiento urbanístico aplicable, salvo que en los mismos ya se viniera desarrollando alguna actividad de las recogidas en el apartado 2 del art. 14 de la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas (OAAEE), siempre y cuando no se afecten los elementos protegidos.
  • Las obras que requieran de la redacción de un proyecto de obras de edificación, de conformidad con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, salvo en los casos indicados en la letra a) del apartado 2 del art. 14 de la OAAE.
  • Las actuaciones que quedan sometidas a licencia previa (art. 25 de la OAAE).
  • Terrazas de veladores en espacios públicos y en espacios privados de uso público.
  • Ocupaciones de la vía pública con vallas, contenedores y andamios, necesarios para acometer las actuaciones solicitadas mediante declaración responsable.
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