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Suspensión de la concesión de autorizaciones de cocinas agrupadas y almacenaje con reparto a domicilio y almacenaje logístico

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El 16 de agosto de 2021, la Comunidad de Madrid publicó en su boletín oficial el Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid celebrada en sesión de 29 de julio de 2021 en el que se adoptó la decisión de suspender, la realización de actos de uso del suelo, construcción y edificación y de implantación de actividades, excepto la primera ocupación y funcionamiento, de aquellas actividades industriales que se correspondan con las siguientes categorías:

  • Categoría de cocinas agrupadas dentro de la clase de industrial en general.
  • Categorías de almacenaje con reparto a domicilio y de almacenaje logístico dentro de la clase de almacenaje.

Los ámbitos territoriales en los que se aplica la suspensión son los siguientes:

  • En la totalidad de la Norma Zonal 4, cuyo uso cualificado es el residencial y admite como uso complementario y/o alternativo el industrial.
  • En las Normas Zonales 1, 5, 6 y 8, cuyo uso cualificado es el residencial, en los grados y niveles en los que se admita como uso complementario y/o alternativo el industrial.
  • En la Norma Zonal 3, en las parcelas cuyo uso cualificado sea el residencial y cuyo grado y nivel de aplicación admitan como uso complementario y/o alternativo el industrial.
  • Ámbitos de planeamiento cuyo uso cualificado sea el residencial y cuya normativa particular admita como uso complementario y/o alternativo el industrial.

La suspensión se producirá por plazo máximo de un año, cuyo cómputo se iniciará en el momento de la publicación del Acuerdo, pudiendo ser ampliable por otro año más.

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