Preguntas frecuentes sobre transporte especial
Aquellas que se realicen íntegramente dentro el término municipal de Madrid.
Cada solicitud contendrá una única ruta.
Aquella cuyo itinerario de viaje es siempre el mismo, y tiene las mismas paradas. Como norma general, una ruta conlleva la ida y la vuelta del itinerario.
Para la solicitud no hay periodo, se puede presentar en cualquier momento, con antelación suficiente a la fecha prevista para la iniciación del servicio.
Esta autorización de transporte regular de uso especial debe ser visada anualmente al menos con un mes de antelación a la fecha en la que se cumpla un año de su otorgamiento o última renovación.
Se entiende por nueva ruta con respecto a la del año anterior, si varía alguna de las condiciones de la misma, duración, ubicación de parada y tiempo de parada.
Se entiende como renovación de autorización del transporte regular especial, aquella en la que no varían las condiciones de la ruta en ninguna de sus parámetros. Para la renovación se presentará la documentación indicada, excepto el plano y datos de ruta. En el caso en el que varíe alguno de los parámetros se tratará como una nueva ruta.
Debe de presentar toda la documentación, considerándose como una nueva ruta.
En cada solicitud se deberá solicitar la autorización únicamente para el número de vehículos que se considere imprescindible para prestar correctamente el servicio, en función del número viajeros y hasta un máximo de 15 vehículos.
En caso de que la solicitud o renovación se presente en Sede Electrónica el programa generará un justificante de presentación.