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9-3.5 Notificación de resolución: desestimación de alegaciones e imposición de la sanción

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Para más información consulte nuestro apartado de Aviso Legal

Con esta notificación solamente puede:

  • pagar sin la  reducción, en el plazo de un mes, contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación, o
  • presentar un recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación (el último día concluirá el mismo día en que se produjo la notificación en el mes de vencimiento), o
  • presentar un recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación.
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