Saltar navegación

Mercadillo del Rastro de Madrid. Productos autorizados y no autorizados para la venta

Usted ha accedido a una información que no pertenece a la Sede electrónica

Para más información consulte nuestro apartado de Aviso Legal

Productos autorizados

Mercancías viejas y extrañas, rarezas y objetos que no se comercializan en los mercados y establecimientos clásicos, así como todos aquellos productos que aparecen incluidos en la Ordenanza Reguladora de Venta Ambulante.

Productos no autorizados

  • Productos de alimentación destinados al consumo humano.
  • Productos que por sus especiales características conlleven riesgo sanitario.
  • Animales, excepto en aquellos establecimientos declarados núcleos zoológicos, conforme a la legislación de protección de animales de la Comunidad de Madrid.

Fundamento legal: Ordenanza Reguladora de la Venta en el Rastro de Madrid. Acuerdo Pleno de 26 octubre 2000 (Art. 4). BOCM  num. 270 13 de noviembre 2000.

Subir Bajar