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Trámites de Atención al Contribuyente con cita previa

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Para más información consulte nuestro apartado de Aviso Legal

Si opta por una atención presencial para gestionar los servicios tributarios es necesario concertar cita, en

IBI. Altas, bajas y variaciones de titularidad

Notificaciones catastrales. Información general

Aviso:

Se está trabajando en la mejora de nuestros sistemas de información tributaria por lo que temporalmente, trámites que afecten a los tributos IBI Y TRUA es posible que no se puedan realizar con normalidad.

Debe solicitar una cita por escritura. La cita se solicitará a nombre de cualquiera de los titulares del inmueble o del representante legal en las personas jurídicas. Podrá acudir un representante o autorizado debidamente acreditado con copia del DNI del obligado. Únicamente se podrá solicitar una cita al día para este trámite. Si ya tiene solicitada una cita para este trámite, podrá solicitar una nueva si anula la cita ya concertada o una vez transcurra la cita.

Solicite una cita de este trámite para:

  • Información general.
  • Gestión de cambios de titularidad catastral de bienes inmuebles urbanos del municipio para los que tengan competencia las OAIC. No son competencia de las OAIC los cambios de titularidad de solares y fincas rústicas, y los derivados de contratos privados.
  • Notificación de liquidaciones o emisión de cartas de pago.

Si se produce la transmisión de un inmueble ESTE AÑO y quiere domiciliar su deuda para el ejercicio próximo mediante cualquier sistema de domiciliación deberá esperar AL PRÓXIMO AÑO para solicitarlo.

Los trámites relativos a este impuesto se pueden realizar en línea en https://madrid.es/ibi 

Aviso:

Se proporciona asesoramiento y en su caso se realizan modificaciones de orden físico o económico, tales como: segregación o agrupación, nueva construcción, ampliación, reformas, demoliciones, cambio de uso o destino, divisiones horizontales, etc. 

Solicitud de certificado catastral - Ayuntamiento de Madrid

Aviso:

Se podrá solicitar una cita al día para este trámite. La cita se solicitará a nombre del titular del bien o del representante legal en las personas jurídicas.

La persona autorizada o representante debe aportar original del documento acreditativo de la representación o de la autorización y fotocopia del DNI del autorizante. En el caso de las Comunidades de Propietarios, acudirá el presidente con su acta de nombramiento o el Administrador con el acta de nombramiento del Presidente y autorización junto con la fotocopia del DNI del autorizante.

Si actúa mediante autorización puede utilizar el siguiente modelo.

Se informará y emitirá un máximo de 6 certificados catastrales por titular y cita. No se emitirán certificados de fallecidos.

Los certificados catastrales también se pueden obtener en www.sedecatastro.gob.es. Más información en https://madrid.es/go/oaic.servicios.

Aviso:

Únicamente se podrá solicitar una cita al día para este trámite. La cita se solicitará a nombre del representante legal en las personas jurídicas. Podrá acudir un representante o autorizado debidamente acreditado con copia del DNI del representante. Si ya tiene solicitada una cita para este trámite, podrá solicitar una nueva si anula la cita ya concertada o una vez transcurra la cita.

Solicite una cita de este trámite para:

  • Información general
  • Información del censo de este impuesto en el período de exposición al público
  • Notificación de liquidaciones.
  • Prorrateo de liquidaciones, según los datos que figuren en la AEAT.
  • Diligencias de exención según los datos que figuren en la AEAT para los casos en que el importe neto de la cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros; organismos públicos de investigación y establecimientos de enseñanza; y asociaciones y fundaciones de disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales.

La gestión censal corresponde a la AEAT.

Los trámites relativos a este impuesto también se pueden realizar en línea en https://madrid.es/iae 

Aviso:

Únicamente se podrá solicitar una cita al día para este trámite. La cita se solicitará a nombre del obligado al pago o del representante legal en las personas jurídicas. Podrá acudir un representante o autorizado debidamente acreditado con copia del DNI del obligado. Si ya tiene solicitada una cita podrá solicitar una nueva si anula la cita ya concertada o una vez transcurra la cita.

Solicite una cita de este trámite para:

  • Información general
  • Autoliquidación del impuesto en caso de primera matriculación o rehabilitación del vehículo.
  • Elaboración de liquidaciones por altas-bajas, según los datos que figuren en la Dirección General de Tráfico.
  • Comprobación de documentación para acogerse a exenciones y bonificaciones previamente a su presentación por registro. Sello provisional de exención.

Los trámites relativos a este impuesto también se pueden tramitar en línea en https://madrid.es/ivtm 

Aviso:

Se está trabajando en la mejora de nuestros sistemas de información tributaria por lo que temporalmente, trámites que afecten a la TRUA es posible que no se puedan realizar con normalidad.

Únicamente se podrá solicitar una cita al día para este trámite. La cita se solicitará a nombre del obligado al pago o del representante legal en personas jurídicas. Podrá acudir un representante o autorizado debidamente acreditado con copia del DNI del obligado. Si ya tiene solicitada una cita podrá solicitar una nueva si anula la cita ya concertada o una vez transcurra la cita.

Solicite una cita de este trámite para:

  • TRUA: Gestión de cambios de titularidad catastral de bienes inmuebles urbanos del municipio para los que tengan competencia las OAIC. Los trámites relativos a la TRUA se pueden tramitar en línea en https://madrid.es/trua 

Si se produce la transmisión de un inmueble ESTE AÑO y quiere domiciliar su deuda para el ejercicio próximo mediante cualquier sistema de domiciliación deberá esperar AL PRÓXIMO AÑO para solicitarlo.

  • Tasa de paso de vehículos TPV a nombre de Comunidades de Propietarios, acudirá el presidente con su acta de nombramiento o el Administrador con el acta de nombramiento del presidente y autorización junto con la fotocopia del DNI del autorizante. Solo se emiten duplicados de cartas de pago y justificantes. Para los demás trámites relacionados con la TPV deberá dirigirse a la Junta Municipal correspondiente.

Los trámites relativos a la TPV se pueden consultar en línea en https://madrid.es/tpv 

 

Se elaborarán autoliquidaciones y declaraciones individuales. Se debe solicitar una cita por sujeto pasivo y escritura. Si existen más de un sujeto pasivo, solicite cita de Plusvalía múltiple.

Si la persona que acude a la cita actúa en representación de otros deberá aportar la correspondiente autorización expresa y fotocopia del DNI del sujeto pasivo que no se persone en la oficina. En el caso de sociedades de gananciales, si no acuden ambos cónyuges, también es precisa la autorización del cónyuge y su DNI. Si atendiendo a la situación de la oficina o la complejidad del trámite no fuera posible realizarlo, se valorará recoger la documentación como trabajo interno.

Para la cuantificación del importe a ingresar, el sujeto pasivo o su representante podrá pedir que se compare la base imponible obtenida con dos métodos de cálculo: objetivo y estimación directa.

Los trámites relativos a plusvalía, incluida la solicitud de prórroga en transmisiones mortis causa, se pueden realizar en línea en  www.madrid.es/plusvalia

  • Aviso

Con esta cita se atenderán las plusvalías de 2 o 3 sujetos pasivos y escritura. Si son más, deberá concertar otra cita, individual o múltiple. Si atendiendo a la situación de la oficina o la complejidad del trámite no fuera posible realizarlo, se valorará recoger la documentación como trabajo interno. Los representantes de personas jurídicas con certificado digital de representante de la empresa deberán tramitar la documentación en www.madrid.es/plusvalia.
Se elaborarán autoliquidaciones y declaraciones individuales. La cita estará a nombre de un obligado.
Si la persona que acude a la cita actúa en representación de otros, deberá aportar la correspondiente autorización expresa y fotocopia del DNI de los sujetos pasivos que no se personen en la oficina.

En el caso de sociedades gananciales, si no acuden ambos cónyuges, también es precisa la autorización del cónyuge y su DNI. Para la cuantificación del importe a ingresar, el sujeto pasivo o su representante podrá pedir que se compare la base imponible obtenida con dos métodos de cálculo: objetivo y estimación directa.
Los trámites relativos a plusvalía, incluida la solicitud de prórroga en transmisiones mortis causa, se pueden realizar en línea en www.madrid.es/plusvalia

  • Para el trámite Recaudación tributaria en período ejecutivo, puede solicitar cita previa pulsando en este enlace, donde podrá recibir información personalizada y le atenderán, entre otras, de las siguientes gestiones

Solicitud de documentos de pago en período ejecutivo

Tributos municipales periódicos. Pago fuera de período voluntario (abonaré)

Aviso:

Se está trabajando en la mejora de nuestros sistemas de información tributaria por lo que temporalmente, trámites que afecten a los tributos de IBI Y TRUA es posible que no se puedan realizar con normalidad.

Únicamente se podrá solicitar una cita al día para este trámite. La cita se solicitará a nombre del obligado al pago o del representante legal en las personas jurídicas. Podrá acudir un representante o autorizado debidamente acreditado con copia del DNI del obligado. Si ya tiene solicitada una cita podrá solicitar una nueva si anula la cita ya concertada o una vez transcurra la cita.

Solicite una cita de este trámite para obtener:

  • Información sobre deudas en ejecutiva y embargos
  • Emisión de cartas de pago fuera del periodo voluntario
  • Duplicados de calendarios de fraccionamientos
  • Notificación de calendarios de pago de fraccionamientos
  • Notificación de providencias de apremio

Las solicitudes relativas a la tramitación del expediente se tienen que presentar por registro.

Para obtener el documento de pago de deudas con apremio, sin necesidad de desplazarse a una oficina, puede dirigirse a www.madrid.es/duplicadoejecutiva 

El pago de deudas con recargo o fuera de período voluntario se puede realizar en línea en https://madrid.es/abonare
Más información en https://madrid.es/go/oaic.servicios 

Aplazamiento o fraccionamiento de pago de deudas tributarias en período ejecutivo de pago

Aplazamiento o fraccionamiento de pago de deudas tributarias en período voluntario de pago

Aviso:

Se está trabajando en la mejora de nuestros sistemas de información tributaria por lo que temporalmente, trámites que afecten a los tributos de IBI y TRUA es posible que no se puedan realizar con normalidad.

Únicamente se podrá solicitar una cita al día para este trámite. La cita se solicitará a nombre del obligado al pago o del representante legal en las personas jurídicas. Si ya tiene solicitada una cita para este trámite, podrá solicitar una nueva si anula la cita ya concertada o una vez transcurra la cita.

 La solicitud del aplazamiento/fraccionamiento sólo puede ser firmada por el titular de la deuda que además tiene que ser interviniente en la cuenta bancaria titular o autorizado donde se van a domiciliar los pagos.

Más información en https://madrid.es/go/oaic.servicios

 Las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de plusvalía deben solicitarse telemáticamente a través de https://madrid.es/go/carpetatributaria

Para el trámite Domiciliaciones tributos y recibos en OAIC Oficinas de Atención Integral al Contribuyente, puede solicitar cita previa pulsando en este enlace.

Aviso:

Se está trabajando en la mejora de nuestros sistemas de información tributaria por lo que temporalmente, trámites que afecten a los tributos de IBI y TRUA es posible que no se puedan realizar con normalidad.

Se podrá solicitar una cita al día para este trámite. La cita se solicitará a nombre del titular del bien o del representante legal en las personas jurídicas. Podrá acudir un representante o autorizado debidamente acreditado con copia del DNI del representante.

Solicite una cita de este trámite para obtener:

  • Domiciliaciones
  • Duplicados de documentos de pago
  • Justificantes de pago
  • Informe de valores catastrales en relación con el IBI para aportar en el IRPF.

En el caso de las DOMICILIACIONES, se atenderá únicamente al titular o autorizado de la cuenta bancaria donde se van a domiciliar los pagos. Si ya tiene solicitada una cita para este trámite, podrá solicitar una nueva si anula la cita ya concertada o una vez transcurra la cita.
Se podrán tramitar un máximo de 6 trámites por cita.

Los trámites relativos a domiciliaciones se pueden realizar en línea en www.madrid.es/domiciliaciones. Los trámites relativos a duplicados, justificantes de pago e Informe de valores catastrales se pueden realizar en línea en www.madrid.es/duplicados.

Si se produce la transmisión de un inmueble ESTE AÑO y quiere domiciliar su deuda para el ejercicio próximo mediante cualquier sistema de domiciliación deberá esperar AL PRÓXIMO AÑO para solicitarlo.
IBI/TRUA: Para peticiones de DOMICILIACIONES O DUPLICADOS superiores a 20 inmuebles deberá acudir a la sede electrónica. No son atendidas en las oficinas.

Alta. Domiciliación bancaria de tributos municipales periódicos

Modificación. Domiciliación bancaria de tributos municipales periódicos

Baja. Domiciliación bancaria de tributos municipales periódicos

Tasa por Pasos de Vehículos (TPV). Pago fraccionado

Pago a la carta (PAC): Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y Tasa de Residuos Urbanos de Actividades (TRUA)

Duplicados de recibos para pagar en período voluntario

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Pago en período voluntario (recibo)

Tasa por Pasos de Vehículos (TPV). Pago en período voluntario

Tasa por prestación del servicio de gestión de residuos urbanos de actividades (TRUA). Pago en periodo voluntario (recibo)

Tributos municipales periódicos. Pago fuera de período voluntario (abonaré) (solo en período de recargo ejecutivo del 5%)

Tributos municipales. Justificantes de pago (solo IVTM)

Aviso:

Por cada cita se realizarán hasta un máximo de 2 gestiones tributarias: duplicados de recibos, domiciliaciones y pagos con tarjeta, tanto en período voluntario como en preapremio para: IVTM, TPV, IBI, TRUAIAE y OCU. Consulte otras vías para obtenerlos Teléfono 010, sede.madrid.es.

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