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Acuerdos Junta de Gobierno

Acuerdo de 27 de junio de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se modifican los acuerdos de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad y de los Distritos

Versión

Texto inicial publicado el 01/07/2024

Identificador

ANM 2024\73

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

27/06/2024

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 01/07/2024 núm. 9664 pág. 12-14.

"9.º Validar los estudios de repercusión por implantación de usos que se presenten simultáneamente con la solicitud de licencia urbanística". 

"1.17. Aprobar las transferencias de aprovechamiento urbanístico previstas en el artículo 85 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid". 

Tres.- En el apartado 21.º, se añade una nueva letra f) en el punto 1.2, que queda redactada en los siguientes términos: 

"f) Supervisar los proyectos de obras necesarios para el desarrollo de las competencias previstas en la letra a)". 

Cuatro.- En el apartado 22.º, se modifica la letra b) 1.º en el punto 1.1, que queda redactada en los siguientes términos: 

"1.º Resolver las consultas urbanísticas comunes y especiales, incluidas las que se refieran a la validación de los estudios de repercusión por implantación de usos, emitir los informes de viabilidad urbanística, así como resolver las consultas urbanísticas sobre proyectos con soluciones prestacionales que se formulen". 

Cinco.- En el apartado 23.º, en el punto 5.4, se suprime la letra d) 8.º, que queda sin contenido, y se añade una nueva letra e) 8.º, que queda redactada en los siguientes términos: 

"8.º Validar los estudios de repercusión por implantación de usos que se presenten simultáneamente con la solicitud de licencia urbanística". 

SEGUNDO.- Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, en los términos que se indican a continuación: 

En el apartado 4.º, se modifican las letras d) y e) 1.º en el punto 2.4, que quedan redactadas en los siguientes términos: 

"d) Validar los estudios de repercusión por implantación de usos que se presenten simultáneamente con la solicitud de licencia urbanística cuando se refieran a actuaciones previstas en las letras a) y c)". 

"1.º Resolver las consultas urbanísticas comunes y especiales, incluidas las que se refieran a la validación de los estudios de repercusión por implantación de usos, emitir los informes de viabilidad urbanística, así como respecto a las actuaciones previstas en el apartado 5.º 1.3.3 sujetas a declaración responsable". 

TERCERO.- Los planes especiales de control urbanístico ambiental de usos que se encuentren en trámite en la fecha de eficacia del presente acuerdo se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos competentes en el momento de su iniciación. 

CUARTO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo. 

QUINTO.- Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo. 

SEXTO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad y al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, en sus respectivos ámbitos competenciales, a dictar los decretos que sean necesarios para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo. 

SÉPTIMO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid". 

OCTAVO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afecta a
  • Modifica apartado 4.º 2.4 d) y e) párrafo 1.º del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los distritos. ANM 2024\75
  • Modifica apartados 11.º 1.1 b), 13.º 1.15 c) párrafo 4.º y d) párrafo 1.º y 22.º 1.1 b) párrafo 1.º; añadidos apartados 11.º 1.1 j), 13.º 1.15 d) párrafo 9.º y 1.17, 21.º 1.2 f) y 23.º 5.4 e) párrafo 8.º; y suprimido apartado 23.º 5.4 d) párrafo 8.º del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. ANM 2024\74

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