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Acuerdos Junta de Gobierno

Área de Gobierno de Economía y Participación Ciudadana. Organización, Estructura y Delegación de Competencias en sus Titulares y en los Titulares de los Órganos Directivos

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2006\56

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

27/07/2006

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 03/08/2006 núm. 5.715 pág. 2917-2924
- BO. Comunidad de Madrid 11/08/2006 núm. 190 pág. 112-118

1.2.6. Organismo Autónomo Patronato de Turismo de Madrid.

 

1.2.7. Organismo Autónomo Agencia de Desarrollo Económico "Madrid Emprende"

 

1.2.8. Empresa Promoción de Madrid, S.A.

 

1.2.9. Empresa Mixta de Mercados Centrales de Abastecimiento de Madrid, S.A. (MERCAMADRID).

 

1.2.10. Consorcio Instituto Ferial de Madrid (IFEMA).

 

1.3. Coordinador General de Participación Ciudadana y Oficina del Centro.

 

1.3.1. Dirección General de Participación Ciudadana.

 

1.3.2. Dirección General de la Oficina del Centro.

 

Artículo 3. Competencias del titular del Área de Gobierno de Economía y Participación Ciudadana.

 

1. Al titular del Área de Gobierno de Economía y Participación Ciudadana le corresponden las funciones previstas en el artículo 44 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

 

Asimismo, le corresponden las demás competencias que le puedan ser asignadas por la Junta de Gobierno, sin perjuicio de las que pueda ejercer por delegación del Alcalde.

 

2. En particular, se delegan en el titular del Área de Gobierno de Economía y Participación Ciudadana las siguientes competencias:

 

a) La concesión de subvenciones en materia de su competencia.

 

b) El ejercicio de la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias, sin perjuicio de las competencias atribuidas en esta materia a los órganos previstos en el presente Acuerdo.

 

c) En particular, en materia de protección de consumidores, el ejercicio de la potestad sancionadora y la adopción, en su caso, de medidas provisionales, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional 5ª de la Ley 31/1990, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, en relación con lo dispuesto en la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección del Consumidor de la Comunidad de Madrid y otras disposiciones municipales concordantes.

 

d) En particular, el ejercicio de la potestad sancionadora prevista en la Ley 1/1997, de 8 de enero, de Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid, en relación con las sanciones derivadas de la instalación de puestos o ejercicio de la actividad sin autorización municipal.

 

e) La resolución de las reclamaciones previas a la vía judicial laboral planteadas por el personal que preste servicio en el ámbito del Área de Gobierno respecto de los actos dictados en el ejercicio de competencias del Área, así como de las reclamaciones previas a la vía judicial civil.

 

f) Tramitar y aprobar los gastos derivados del cumplimiento de las sentencias y otros fallos de los Tribunales referentes a disposiciones y actos adoptados en el ámbito de las competencias del Área de Gobierno con independencia de su importe. Asimismo, le corresponde la tramitación y aprobación de los gastos derivados del cumplimiento de sentencias relativas a resoluciones de solicitudes de abono de intereses de demora dictadas por el titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública en relación con los expedientes de contratación tramitados por los órganos del Área.

 

g) El dictado de instrucciones para dirigir la actividad de los órganos y organismos que integran el Área de Gobierno.

 

h) Participar en la Escuela Taurina de Madrid.

 

i) Aprobar la asignación y cambio de denominación de centros y edificios municipales adscritos al Área de Gobierno, que no tengan carácter singular.

 

j) Elevar a la Comisión Permanente de Economía y Participación Ciudadana las propuestas de asignación y cambio de denominación de Centros Comerciales de Barrio y Mercados de Distrito.

 

k) Resolver la declaración de utilidad pública solicitada por las Entidades Ciudadanas a que se refiere el artículo 38 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid.

 

Artículo 4. Secretaría General Técnica de Economía y Participación Ciudadana.

 

1. A la Secretaría General Técnica le corresponderán de conformidad con lo previsto en el artículo 47 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, las siguientes funciones:

 

a) La gestión de los servicios comunes.

 

b) La coordinación de las Direcciones Generales y órganos asimilados en el ámbito de los servicios comunes.

 

c) La asistencia jurídica y técnica al titular del Área de Gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Asesoría Jurídica.

 

d) Las funciones tendentes a la eficiente utilización de los medios y recursos materiales, económicos y personales que tenga asignados el Área de Gobierno.

 

e) Las demás funciones que le delegue el Alcalde o la Junta de Gobierno.

 

2. En particular, corresponden a la Secretaría General Técnica de Economía y Participación Ciudadana las siguientes competencias:

 

2.1. Régimen jurídico:

 

a) La asistencia jurídica y técnica al titular del Área de Gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos directivos.

 

b) El conocimiento y la preparación de los asuntos que el titular del Área de Gobierno eleve a la Junta de Gobierno y al Pleno.

 

c) La participación en la Comisión Preparatoria de la Junta de Gobierno a la que se refiere el artículo 29 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

 

d) El análisis e informe de las disposiciones que corresponda adoptar al titular del Área de Gobierno, así como aquellas promovidas desde el Área y que tengan que ser aprobadas por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid o por el Pleno, sin perjuicio de los informes que tengan que emitir otros órganos.

 

e) La notificación a los interesados de las resoluciones administrativas en materia de su competencia.

 

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Derogado Por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 18 de junio 2007, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía y Empleo y se delegan competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos. BOAM núm. 5761 de 21 de junio 2007. Págs. 73-80 ANM 2007\31

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