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Acuerdos Junta de Gobierno

Acuerdo de 23 de marzo de 2018 por el que se modifican los Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias de Áreas de Gobierno, Distritos, Coordinación General de la Alcaldía, Gerencia de la Ciudad y Presidencia del Pleno, y el Acuerdo de 30 de marzo de 2017, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad, en materia de autorizaciones de la Junta de Gobierno en contratos de obras por procedimiento abierto simplificado

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2018\26

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

26/03/2018

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 26/03/2018 núm. 8121
- BO. Comunidad de Madrid 09/04/2018 núm. 84 pág. 143 y ss

Uno.- En el apartado 4.º, relativo a los "Concejales Presidentes de los Distritos", se modifica el punto 3.2, que queda redactado en los siguientes términos:

"3.2. Autorizar y disponer gastos cuya cuantía sea igual o superior a las citadas en el punto 3.1, siempre que dichos gastos deriven de la revisión de precios de un contrato o de contratos de obras tramitados por el procedimiento abierto simplificado".

Dos.- En el apartado 8.º, relativo a la "Aplicación del Acuerdo", se modifica la letra a) del punto 4.1 y el primer párrafo del punto 4.2, que quedan redactados en los siguientes términos:

"a) Autorizar y, en su caso, disponer gastos cuya cuantía sea igual o superior a 1.500.000 euros en gastos de capital o a 500.000 euros en gastos corrientes, a excepción de los derivados de contratos de obras tramitados por el procedimiento abierto simplificado".

"Los contratos en los que el importe del gasto o del ingreso sea igual o superior a 1.500.000 euros en gastos de capital o a 500.000 euros en gastos corrientes, requerirán autorización previa de la Junta de Gobierno, a excepción de los contratos de obras tramitados por el procedimiento abierto simplificado".

CUARTO.- Modificar el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía, en los términos que a continuación de se indican:

Uno.- En el apartado 3.º, relativo al "Titular de la Coordinación General de la Alcaldía", se modifica el punto 3.2, que queda redactado en los siguientes términos:

"3.2. Autorizar y disponer gastos cuya cuantía sea igual o superior a las citadas en el punto 3.1, siempre que dichos gastos deriven de la revisión de precios de un contrato o de contratos de obras tramitados por el procedimiento abierto simplificado".

Dos.- En el apartado 6.º, relativo a la "Aplicación del Acuerdo", se modifica la letra a) del punto 4.1 y el primer párrafo del punto 4.2, que quedan redactados en los siguientes términos:

"a) Autorizar y, en su caso, disponer gastos cuya cuantía sea igual o superior a 1.500.000 euros en gastos de capital o a 500.000 euros en gastos corrientes, a excepción de los derivados de contratos de obras tramitados por el procedimiento abierto simplificado".

"Los contratos en los que el importe del gasto o del ingreso sea igual o superior a 1.500.000 euros en gastos de capital o a 500.000 euros en gastos corrientes, requerirán autorización previa de la Junta de Gobierno, a excepción de los contratos de obras tramitados por el procedimiento abierto simplificado".

QUINTO.- Modificar el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad, en los términos que a continuación de se indican:

Uno.- En el apartado 3.º, relativo al "Titular de la Gerencia de la Ciudad", se modifica el punto 3.2, que queda redactado en los siguientes términos:

"3.2. Autorizar y disponer gastos cuya cuantía sea igual o superior a las citadas en el punto 3.1, siempre que dichos gastos deriven de la revisión de precios de un contrato o de contratos de obras tramitados por el procedimiento abierto simplificado".

Dos.- En el apartado 12.º, relativo a la "Aplicación del Acuerdo", se modifica la letra a) del punto 4.1 y el primer párrafo del punto 4.2, que quedan redactados en los siguientes términos:

"a) Autorizar y, en su caso, disponer gastos cuya cuantía sea igual o superior a 1.500.000 euros en gastos de capital o a 500.000 euros en gastos corrientes, a excepción de los derivados de contratos de obras tramitados por el procedimiento abierto simplificado".

"Los contratos en los que el importe del gasto o del ingreso sea igual o superior a 1.500.000 euros en gastos de capital o a 500.000 euros en gastos corrientes, requerirán autorización previa de la Junta de Gobierno, a excepción de los contratos de obras tramitados por el procedimiento abierto simplificado".

SEXTO.- Modificar el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Presidencia del Pleno, en los términos que a continuación de se indican:

Uno.- En el apartado 3.º, relativo a la "Secretaría General del Pleno", se modifica la letra b) del punto 3.1, que queda redactada en los siguientes términos:

"b) Autorizar y disponer gastos cuya cuantía sea igual o superior a las citadas en el punto a), siempre que dichos gastos deriven de la revisión de precios de un contrato o de contratos de obra tramitados por el procedimiento abierto simplificado.

Dos.- En el apartado 4.º, relativo a la "Aplicación del Acuerdo", se modifica la letra a) del punto 4.1 y el primer párrafo del punto 4.2, que quedan redactados en los siguientes términos:

"a) Autorizar y, en su caso, disponer gastos cuya cuantía sea igual o superior a 1.500.000 euros en gastos de capital o a 500.000 euros en gastos corrientes, a excepción de los derivados de contratos de obras tramitados por el procedimiento abierto simplificado".

"Los contratos en los que el importe del gasto o del ingreso sea igual o superior a 1.500.000 euros en gastos de capital o a 500.000 euros en gastos corrientes, requerirán autorización previa de la Junta de Gobierno, a excepción de los contratos de obras tramitados por el procedimiento abierto simplificado".

SÉPTIMO.- Las reglas previstas en el presente acuerdo sobre autorización y disposición de gastos, así como sobre autorización de los contratos, no se aplicarán a los procedimientos de contratación iniciados con anterioridad a su entrada en vigor.

OCTAVO.- Se faculta a los titulares de cada Área de Gobierno, de la Coordinación General de la Alcaldía, de la Gerencia de la Ciudad y al Tercer Teniente de Alcalde, en sus respectivos ámbitos materiales de competencias, a dictar los decretos y resoluciones precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

  

NOVENO.- Se faculta al Gerente de la Ciudad para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

DÉCIMO.- Quedan sin efecto todos los acuerdos que se opongan o contradigan lo establecido en el presente acuerdo.

UNDÉCIMO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

DUODÉCIMO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afecta a
  • Modifica punto 3.2 del aparatado 3º y el apartado 12 ( letra a) del 4.1 y primer párrafo primero del punto 4.2) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad. ANM 2015\70
  • Modifica punto 3.2. del apartado 3º, letra a) del punto 4.1 y primer párrafo del punto 4.2 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias. ANM 2015\64
  • Modifica apartado 3º, punto 3.2, letra a) del punto 4.1, primer párrafo del punto 4.2, letra b) del punto 1.1 del apartado 15 del Acuerdo de 30 de marzo de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad. ANM 2017\25
  • Modifica punto 3.2 del apartado 3º, apartado 6º (letra a del punto 4.1 y primer párrafo del punto 4.2) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización de la Coordinación General de la Alcaldía y se delegan competencias en su titular. ANM 2015\71
  • Modifica punto 3.2. del apartado 3º, letra a) del punto 4.1 y primer párrafo del punto 4.2 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. ANM 2015\68
  • Modifica punto 3.2. del apartado 3º, letra a) del punto 4.1 y primer párrafo del punto 4.2 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible ANM 2015\67
  • Modifica punto 3.2. del apartado 3º, letra a) del punto 4.1 y primer párrafo del punto 4.2 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto ANM 2015\66
  • Modifica apartado 3º (letra b) del punto 3.1), aparatado 4º (letra a) del punto 4.1 y primer párrafo del punto 4.2) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y estructura de la Presidencia del Pleno. ANM 2015\65
  • Modifica punto 3.2. del apartado 4º, apartado 8º (letra a) del punto 4.1 y primer párrafo del punto 4.2 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos ANM 2015\61
  • Modifica apartado 3º, punto 3.2, letra a) del punto 4.1, 1er párrafo del punto 4.2, letra b) del punto 1.1 del apartado 15 y letra b) del punto 1.1. relativo al Tribunal Económico-Administrativo Municipal, del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización del Área de Gobierno de Economía y Hacienda y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos. ANM 2015\40
  • Modifica punto 3.2. del apartado 3º, letra a) del punto 4.1 y primer párrafo del punto 4.2 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes. ANM 2015\69
  • Modifica punto 3.2. del apartado 3º, letra a) del punto 4.1 y primer párrafo del punto 4.2 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno ANM 2015\62
  • Modifica punto 3.2. del apartado 3º, letra a) del punto 4.1 y primer párrafo del punto 4.2 por Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social. ANM 2015\60
  • Modifica punto 3.2. del apartado 3º, letra a) del punto 4.1 y primer párrafo del punto 4.2 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo ANM 2015\59

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