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Instrucciones

Decreto de 4 de noviembre de 2003, del Concejal de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, por el que se establecen Instrucciones sobre el procedimiento para verificar en la contratación Pública y en las subvenciones que los licitadores y beneficiarios se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid

Disposición no vigente

Versión

Texto inicial publicado el 20/11/2003

Identificador

ANM 2003\56

Tipo de disposición

Instrucciones

Fecha de disposición

04/11/2003

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 20/11/2003 núm. 5574 pág. 3718-3722.

Notas

Consultar anexos en documentación asociada.

2.1. En el caso de contratos administrativos, determinado el futuro adjudicatario (previos los informes técnicos precisos y tras la preceptiva propuesta de la Mesa de Contratación, en su caso), e inmediatamente antes de elevar la propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación, el Jefe de Departamento Central o Jefe de Oficina Municipal a quién corresponda la gestión administrativa del expediente, solicitará, por correo electrónico, a la Tesorería municipal informe de la situación tributaria del presunto adjudicatario. (Se utilizará para ello el Modelo de documento que se adjunta como anexo número I). 

Tratándose de subvenciones concedidas, el Jefe de Departamento Central o Jefe de Oficina Municipal a quién corresponda la gestión administrativa del expediente, solicitará, por correo electrónico, a la Tesorería municipal informe de la situación tributaria del beneficiario inmediatamente antes de elevar propuesta de aprobación del expediente de reconocimiento de obligación. (Se utilizará para ello el modelo de documento que se adjunta como anexo número I bis). 

2.2. La Tesorería municipal evacuará el informe solicitado y lo remitirá al peticionario, también por correo electrónico, en el plazo máximo de tres días hábiles, refiriendo la información a la fecha del informe. (Se utilizará para ello los Modelos de documentos que se adjunta como anexo número II para contratos y anexo II bis para subvenciones). 

El Servicio peticionario incorporará al expediente una copia impresa del informe remitido por la Tesorería. La citada copia se diligenciará por el Jefe del Departamento Central o el Jefe de la Oficina Municipal, en la forma que se indica en el modelo de documento nº III que se adjunta como anexo. 

Concluido el trámite descrito en el párrafo anterior, se procederá a elevar la propuesta de resolución a favor del licitador inicialmente propuesto, si se acreditase junto a las demás condiciones pertinentes, hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid. 

Si el licitador inicialmente propuesto no cumpliera estas condiciones, previa audiencia del mismo, se elevará nueva propuesta a favor del siguiente licitador que sí las cumpliera. 

En el supuesto de subvenciones, se procederá a elevar propuesta de reconocimiento de obligación en la que se incluirá acreditación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid. De no hallarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid, quedará suspendida la tramitación y no se tramitará la propuesta de reconocimiento de la obligación en tanto no se acredite este requisito. 

3. En todas las comunicaciones electrónicas descritas en la presente Instrucción, los usuarios autorizados utilizarán exclusivamente las direcciones oficiales de correo electrónico, que previamente deberán comunicarse por los responsables a la Tesorería Municipal mediante escrito ordinario, utilizando para ello el modelo de documento que se adjunta como anexo número IV. 

Las citadas comunicaciones telemáticas incorporarán la correspondiente firma electrónica, en la medida en que la misma se encuentre implantada en el Ayuntamiento de Madrid. 

Segundo. 

Las presentes instrucciones surtirán efectos a partir del día siguiente al de adopción del presente Decreto, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín del Ayuntamiento de Madrid".

ANEXO I

Solicitud de Informe a la Tesorería General

Consultar anexo I en documentación asociada. 

ANEXO III

Deligencia

Consultar anexo III en documentación asociada. 

ANEXO IV

Remisión de dirección de correo electrónico a la Tesorería Municipal

Consultar anexo IV en documentación asociada. 

ANEXO I bis

Solicitud de Informe a la Tesorería Municipal

Consultar anexo I bis en documentación asociada. 

ANEXO II bis

Informe a la Tesorería Municipal

Consultar anexo II bis en documentación asociada. 

 

 

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Queda sin efecto por el Acuerdo de 1 de julio de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se declara que han quedado sin efecto noventa acuerdos, decretos y resoluciones del Ayuntamiento de Madrid. ANM 2021\22
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