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Ordenanzas fiscales

Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Relacionados con licencias, autorizaciones y otros documentos administrativos de autotaxis, de 15 de diciembre de 1989

Versión

Última actualización publicada el 28/12/2023

Identificador

ANM 2023\121

Tipo de disposición

Ordenanzas fiscales

Fecha de disposición

15/12/1989

Notas

Redacción vigente para el año 2024. Se detallan las afectaciones producidas desde el año 2008. Las redacciones de la ordenanza fiscal para años anteriores pueden consultarse en los libros de ordenanzas fiscales y precios públicos municipales, cuyo enlace se incorpora en “Otros sitios de interés”.

A los efectos de lo dispuesto en el Epígrafe 3, tendrá la consideración de “tarjeta múltiple de identificación de conductor” aquel documento oficial expedido por el Ayuntamiento de Madrid que identifique al conductor del vehículo que presta servicio respecto de dos o tres licencias de autotaxis. 

CAPÍTULO IV

Exenciones

Artículo 5.

No podrán reconocerse otros beneficios fiscales que los expresamente previstos en las normas con rango de ley o los derivados de la aplicación de los Tratados Internacionales. 

CAPÍTULO V

Devengo

Artículo 6.

Se producirá el devengo de la tasa y nacerá la obligación de contribuir en el momento de solicitarse la prestación de los servicios o la realización de las actividades descritas en esta ordenanza. 

CAPÍTULO VI

Normas de gestión y pago

Artículo 7.

Las tasas reguladas en esta ordenanza se exigirán en régimen de autoliquidación. A tal efecto, los sujetos pasivos estarán obligados a practicar autoliquidación en los impresos habilitados al efecto por la Administración municipal y a realizar su ingreso en cualquier entidad bancaria autorizada, lo que se deberá acreditar en el momento de presentar la correspondiente solicitud. 

CAPÍTULO VII.

Infracciones y sanciones

Artículo 8.

En todo lo relativo a infracciones tributarias y sus distintas calificaciones, así como a las sanciones que correspondan en cada caso, se aplicará lo dispuesto en la Ley General Tributaria y en las disposiciones que la complementen y desarrollen y en la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección. 

Disposición final.

La presente ordenanza surtirá efectos a partir del 14 de octubre de 1997, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas. 

 

 

 

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Modificado artículo 4 b; y suprimidos artículos 2 k) y 4 h) por la Ordenanza 15/2023, de 22 de diciembre, por la que se modifica la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos, la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios relacionados con licencias, autorizaciones y otros documentos administrativos de autotaxis y la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. ANM 2023\112
  • Modificados artículos 2, 3, 4 y 6 por la modificación de 21 de diciembre de 2017 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios relacionados con licencias, autorizaciones y otros documentos administrativos de autotaxis, de 15 de diciembre de 1989. BO. Ayuntamiento de Madrid 28/12/2017 núm. 8060 pág 42-45.
  • Modificados artículos 2, 3 y 4 por la modificación de 20 de diciembre de 2013 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios relacionados con licencias, autorizaciones y otros documentos administrativos de autotaxis, 15 de diciembre de 1989. BO. Ayuntamiento de Madrid 27/12/2013 núm. 7075 pág. 62-65.
  • Modificados artículos 2, 3.3 y 4 por la modificación de 21 de diciembre de 2012 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios relacionados con licencias, autorizaciones y otros documentos administrativos de autotaxis, de 15 de diciembre de 1989. BO Ayuntamiento de Madrid 28/12/2012 núm. 6829 pág. 18.
  • Modificados artículos 2, 3 y 4 por la modificación de 22 diciembre 2008 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios relacionados con licencias, autorizaciones y otros documentos administrativos de autotaxis, de 15 de diciembre de 1989. BO. Ayuntamiento de Madrid 30/12/2008 núm. 5880 pág. 223.
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