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Instrucciones

Decreto de 11 de julio de 2008 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, por el que se establecen Instrucciones sobre la realización de operaciones de alta, baja y modificación en el Inventario del Ayuntamiento de Madrid y la documentación exigible en cada caso

Versión

Texto inicial publicado el 22/07/2008

Identificador

ANM 2008\21

Tipo de disposición

Instrucciones

Fecha de disposición

11/07/2008

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 22/07/2008 núm. 5834 pág. 4-8.

f) Adscripciones o desadsripciones.

4.3. Bajas en el epígrafe de arrendamientos y derechos reales.

Causarán baja en el epígrafe de arrendamientos y derechos reales las operaciones onerosas o lucrativas que, bajo cualquier modalidad jurídica, impliquen la extinción de arrendamientos o derechos reales constituidos a favor del Ayuntamiento de Madrid y, en particular, las siguientes:

a) Resolución del contrato que concede el derecho real.

b) No renovación de los arrendamientos por finalización del plazo o por resolución del contrato.

5. Epígrafe de muebles de carácter histórico o artístico.

5.1. Altas en el epígrafe de muebles de carácter histórico o artístico.

Causarán alta en el epígrafe de muebles de carácter histórico o artístico las operaciones onerosas o lucrativas que, bajo cualquier modalidad jurídica, produzcan la adquisición por el Ayuntamiento de Madrid de la propiedad de este tipo de bienes muebles y, en particular, las siguientes:

a) Compraventa.

b) Construcción de monumentos en vía pública.

c) Cesión gratuita por otras Administraciones públicas.

d) Permuta.

e) Adquisición en pago de deuda.

f) Adquisición por herencia, legado o donación a favor del Ayuntamiento de Madrid.

5.2. Variaciones en el epígrafe de muebles de carácter histórico o artístico.

Producirán variaciones en el epígrafe de muebles de carácter histórico o artístico, entre otras, las siguientes operaciones:

a) Cambio de ubicación.

b) Cambio de catalogación.

c) Afectaciones, desafectaciones y mutaciones demaniales.

d) Adscripciones o desadsripciones.

5.3. Bajas en el epígrafe de muebles de carácter histórico o artístico.

Causan baja en el epígrafe de muebles de carácter histórico o artístico las operaciones onerosas o lucrativas que, bajo cualquier modalidad jurídica, impliquen la pérdida por el Ayuntamiento de Madrid de la propiedad de este tipo de bienes muebles y, en particular, las siguientes:

a) Compraventa.

b) Permuta.

c) Pérdida o destrucción.

d) Demolición.

5.4. Documentación exigible con carácter particular.

5.4.1. Para la inscripción de las altas en el epígrafe de muebles de carácter histórico o artístico, en el caso de construcción de monumentos en la vía pública se requerirá el acta de recepción acompañada de un estado de las dimensiones y características del mismo que defina con detalle el estado del monumento en el momento de la recepción.

5.4.2. Para la inscripción de las variaciones en el epígrafe de muebles de carácter histórico o artístico se requerirá, en su caso, el acuerdo del órgano competente por el que se modifique la ubicación del bien mueble o su cambio de catalogación. 

5.4.3. Para la inscripción de las bajas en el epígrafe de muebles de carácter histórico o artístico se requerirá:

a) Acuerdo adoptado por el órgano competente mediante el que se ordene la demolición del monumento.

b) Acta de recepción de las obras de demolición acompañada de un estado de las dimensiones y características de la demolición ejecutada.

6. Epígrafe de valores mobiliarios y derechos de carácter personal del Ayuntamiento.

6.1. Altas en el epígrafe de valores mobiliarios y derechos de carácter personal del Ayuntamiento.

Causarán alta en el epígrafe de valores mobiliarios y derechos de carácter personal del Ayuntamiento las operaciones onerosas o lucrativas que, bajo cualquier modalidad jurídica, produzcan la adquisición de la propiedad de los mismos por el Ayuntamiento de Madrid y, en particular, las siguientes:

a) Compra o suscripción de acciones, títulos y demás valores mobiliarios.

b) Aportación de capital.

c) Permuta.

d) Adjudicación en pago de deuda.

e) Adquisición por herencia, legado o donación a favor del Ayuntamiento de Madrid.

f) Creación original.

6.2. Variaciones en el epígrafe de valores mobiliarios y derechos de carácter personal del Ayuntamiento.

6.2.1. Producirón variaciones en el epígrafe de valores mobiliarios y derechos de carácter personal del Ayuntamiento las afectaciones, desafectaciones, mutaciones demaniales, adscripciones o desadsripciones.

6.2.2. Producirán variaciones en los subepígrafes de empresas públicas y mixtas y de otras sociedades, las operaciones onerosas o lucrativas que impliquen una modificación de las características del valor mobiliario o de los derechos que el mismo concede al Ayuntamiento de Madrid y, en particular, las siguientes:

a) Ampliación de capital.

b) Amortización parcial.

c) Venta parcial de títulos.

6.2.3. En los casos en los que los valores mobiliarios de características idénticas se hubieran inscrito bajo un mismo número de archivo, haciéndose constar el número de unidades existentes, la venta parcial de títulos producirá una modificación de la correspondiente inscripción, pero no su baja, si bien se requerirá la misma documentación que para ésta.

6.2.4. Producirán variaciones en los subepígrafes de derechos de propiedad intelectual, derechos de propiedad industrial, derechos de propiedad comercial y otros derechos personales, las operaciones que impliquen una modificación de las características del derecho y de sus datos registrales.

6.3. Bajas en el epígrafe de valores mobiliarios y derechos de carácter personal del Ayuntamiento.

Causarán baja en el epígrafe de valores mobiliarios y derechos de carácter personal del Ayuntamiento las operaciones onerosas o lucrativas que, bajo cualquier modalidad jurídica, produzcan la pérdida de la propiedad del Ayuntamiento de Madrid sobre los mismos y, en particular, las siguientes:

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afecta a
  • Complementa Reglamento del Inventario General del Ayuntamiento de Madrid, de 28 de marzo de 2006. ANM 2016\148

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