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Acuerdos Junta de Gobierno

Área de Gobierno de Economía y Participación Ciudadana. Organización, Estructura y Delegación de Competencias en sus Titulares y en los Titulares de los Órganos Directivos

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2006\56

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

27/07/2006

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 03/08/2006 núm. 5.715 pág. 2917-2924
- BO. Comunidad de Madrid 11/08/2006 núm. 190 pág. 112-118

f) Acordar la conclusión y archivo de los expedientes que aparezcan ultimados en todos sus trámites referentes a materias propias de su competencia.

 

g) La propuesta de resolución de los recursos administrativos formulados contra actos administrativos adoptados en el ámbito del Área de Gobierno, con excepción de los que correspondan a los organismos autónomos adscritos a la misma.

 

h) La tramitación y, en su caso, supervisión de la ejecución de sentencias y otros fallos de los Tribunales cuando su tramitación corresponda a otros órganos u organismos del Área de Gobierno.

 

2.2. Organización y gestión de los servicios generales:

 

2.2.1. Asuntos generales y régimen interior:

 

a) La atención de las necesidades del Área de Gobierno en bienes y servicios.

 

b) La organización de efectivos personales para traslado de documentación, control de correo, así como la organización del servicio de los conductores adscritos al Área de Gobierno.

 

c) La propuesta de adquisición de equipos informáticos del Área de Gobierno.

 

2.2.2. Contratación:

 

La tramitación de los expedientes de contratación que sean de la competencia del Área de Gobierno.

 

2.3. Gestión económica y presupuestaria:

 

a) La elaboración de la propuesta de presupuesto anual de la Secretaría General Técnica y la coordinación del resto de las propuestas de las Direcciones Generales del Área de Gobierno, con excepción del Capítulo I.

 

b) El seguimiento y evaluación de la ejecución del presupuesto asignado al Área de Gobierno.

 

c) La propuesta de modificaciones presupuestarias que afecten a los programas presupuestarios del Área de Gobierno, con excepción de las referentes al Capítulo I

 

d) El seguimiento de los expedientes de gasto del Área de Gobierno.

 

e) La gestión, a través de la Habilitación de Pagos, de los anticipos de caja fija y libramientos a justificar correspondientes al presupuesto del Área de Gobierno.

 

2.4. Recursos humanos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área Delegada de Personal:

 

a) Las solicitudes referentes a estructura orgánica, relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria del Área de Gobierno.

 

b) La propuesta de provisión de los puestos de trabajo adscritos al Área de Gobierno mediante libre designación, concurso y concurso específico, así como las propuestas de contrataciones laborales temporales, interinajes, comisiones de servicio, traslados de personal laboral y, en general, de todo lo que afecte a la gestión del personal adscrito al Área de Gobierno.

 

c) La coordinación de los Planes de formación del personal municipal en lo que se refiere al personal del Área de Gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área Delegada de Personal.

 

2.5. Gestión de fondos documentales:

 

a) La gestión de fondos documentales y la difusión de datos y publicaciones en relación con las materias de la competencia del Área de Gobierno.

 

b) Las propuestas para la determinación de los precios de las publicaciones editadas por el Área de Gobierno.

 

2.6. Registro y atención al ciudadano:

 

Las funciones de registro de solicitudes, escritos y comunicaciones, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.

 

3. Para el ejercicio de las funciones señaladas en los apartados anteriores, el titular de la Secretaría General Técnica podrá recabar de las Direcciones Generales y Organismos públicos del Área de Gobierno de Economía y Participación Ciudadana cuantos informes, datos y documentos considere oportunos.

 

4. La Secretaría General Técnica de Economía y Participación Ciudadana se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

 

4.1.Subdirección General de Coordinación de los Servicios.

 

4.1.1. Servicio de Gestión Económica y Oficina Presupuestaria.

 

4.1.2. Departamento de Contratación.

 

4.1.3. Departamento de Régimen Jurídico.

 

4.1.4. Departamento de Recursos Humanos y Régimen Interior.

 

Artículo 5. Los Coordinadores Generales.

 

1. A los Coordinadores Generales corresponde, bajo la superior dirección del titular del Área de Gobierno, coordinar la acción de las Direcciones Generales dependientes de los mismos de conformidad con lo previsto en el artículo 2 del presente Acuerdo.

 

2. Asimismo corresponden a los Coordinadores Generales las relaciones ordinarias derivadas de la adscripción de los Organismos y empresas públicas de conformidad con lo previsto en el artículo 2 del presente Acuerdo.

 

Artículo 6. El Coordinador General de Economía.

 

1. Con carácter específico, al Coordinador General de Economía le corresponden las siguientes competencias:

 

a) La planificación, dirección y puesta en marcha de proyectos que abarquen dos o más Direcciones Generales del Área de Economía y Participación Ciudadana.

 

b) La interlocución con diferentes asociaciones o agrupaciones de interés público cuando ésta supere el ámbito competencial de una Dirección General.

 

c) El impulso y dirección de proyectos de cooperación internacional en los distintos ámbitos competenciales del Área de Economía y Participación Ciudadana.

 

d) La interrelación del Área de Economía y Participación Ciudadana con las diferentes Administraciones Públicas y Organizaciones con competencia sobre la economía de la ciudad.

 

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Derogado Por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 18 de junio 2007, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía y Empleo y se delegan competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos. BOAM núm. 5761 de 21 de junio 2007. Págs. 73-80 ANM 2007\31

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