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Acuerdos Junta de Gobierno

Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública. Organización, Estructura y Delegación de Competencias en los Titulares de sus Órganos Superiores y Directivos

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2006\63

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

27/07/2006

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 03/08/2006 núm. 5715 pág. 2964-2974
- BO. Comunidad de Madrid 11/08/2006 núm. 190 pág. 132-141

c) El establecimiento de las técnicas presupuestarias a utilizar para la elaboración del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid.

d) La definición y mantenimiento de la estructura presupuestaria.

e) La incoación de los expedientes de créditos extraordinarios y suplementos de crédito, así como elevar la propuesta de resolución al órgano competente. La tramitación, análisis y seguimiento de los expedientes de modificaciones presupuestarias.

f) El seguimiento y la ordenación general del proceso de ejecución del presupuesto.

g) La coordinación y asesoramiento en materia presupuestaria a las distintas Áreas, Distritos, Organismos públicos y sociedades mercantiles municipales.

h) La realización de una memoria demostrativa del grado de cumplimiento de los objetivos programados.

i) Elaborar y, en su caso, elevar la propuesta de aprobación al órgano competente de los planes financieros que hubieran de realizarse por la Administración municipal.

j) Las demás competencias relacionadas con el Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid que no estén expresamente atribuidas a otros órganos.

3. Estas competencias podrán ser delegadas por el titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública en los órganos directivos dependientes del mismo.

4. Asimismo, se delega en el titular del Área de Gobierno la aprobación de todas las modificaciones presupuestarias, salvo las que se refieran a la concesión de un crédito extraordinario o suplemento de crédito que corresponderán en todo caso al Pleno, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 g) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.

(Modificado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 31 agosto 2006)

Artículo 5. Órgano de Gestión Tributaria.

El órgano de gestión tributaria es el Organismo Autónomo "Agencia Tributaria Madrid", en cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 26 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.

Artículo 6 . Secretaría General Técnica de Hacienda y Administración Pública.

1. A la Secretaría General Técnica le corresponderán de conformidad con lo previsto en el artículo 47 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, las siguientes funciones:

a) La gestión de los servicios comunes.

b) La coordinación de las Direcciones Generales y órganos asimilados en el ámbito de los servicios comunes.

c) La asistencia jurídica y técnica al titular del Área de Gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Asesoría Jurídica.

d) Las funciones tendentes a la eficiente utilización de los medios y recursos materiales, económicos y personales que tenga asignados el Área de Gobierno.

e) Las demás funciones que le delegue el Alcalde o la Junta de Gobierno.

2. En particular, corresponden a la Secretaría General Técnica de Hacienda y Administración Pública las siguientes competencias:

2.1. Régimen jurídico:

a) La asistencia jurídica y técnica al titular del Área de Gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos directivos.

b) El conocimiento y la preparación de los asuntos que el titular del Área de Gobierno eleve a la Junta de Gobierno y al Pleno.

c) La participación en la Comisión Preparatoria de la Junta de Gobierno a la que se refiere el artículo 29 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

d) La notificación a los interesados de las resoluciones administrativas en materia de su competencia.

e) Acordar la conclusión y archivo de los expedientes que aparezcan ultimados en todos sus trámites referentes a materias propias de su competencia.

2.2. Organización y gestión de los servicios generales:

2.2.1. Asuntos generales y régimen interior:

a) La atención de las necesidades del Área de Gobierno en bienes y servicios.

b) La organización de efectivos personales para traslado de documentación, control de correo, así como la organización del servicio de los conductores adscritos al Área de Gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área Delegada de Personal.

c) La propuesta de adquisición de equipos informáticos del Área de Gobierno.

2.2.2. Contratación:

La tramitación de los expedientes de contratación que sean de la competencia del Área de Gobierno.

2.3. Gestión económica y presupuestaria:

a) La elaboración de la propuesta de presupuesto anual de la Secretaría General Técnica y la coordinación del resto de las propuestas de las Direcciones Generales del Área de Gobierno, con excepción del Capítulo I.

b) El seguimiento y evaluación de la ejecución del presupuesto asignado al Área de Gobierno.

c) La propuesta de modificaciones presupuestarias que afecten a los programas presupuestarios del Área de Gobierno, con excepción de las referentes al Capítulo I.

d) El seguimiento de los expedientes de gasto del Área de Gobierno.

e) La gestión, a través de la Habilitación de Pagos, de los anticipos de caja fija y libramientos a justificar correspondientes al presupuesto del Área de Gobierno, con excepción de las relativas al Área Delegada de Personal.

2.4. Recursos humanos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área Delegada de Personal:

a) Las solicitudes referentes a estructura orgánica, relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria del Área de Gobierno.

b) La propuesta de provisión de los puestos de trabajo adscritos al Área de Gobierno mediante libre designación, concurso y concurso específico, así como las propuestas de contrataciones laborales temporales, interinajes, comisiones de servicio, traslados de personal laboral y, en general, de todo lo que afecte a la gestión del personal adscrito al Área de Gobierno.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Derogado por Acuerdo Junta Gobierno de 18 junio 2007, de organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y delegación competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos. BOAM 5761 de 21 junio 2007 págs. 33-45 ANM 2007\25
  • Modificado artículos 6, 16 y 17 por Acuerdo de la Junta de Gobierno De la Ciudad de Madrid, de 10 de mayo de 2007, BOAM núm. 5757 de 24 de mayo 2007. BOCM núm. 132 de 5 de junio 2007, págs. 37-38
  • Modificado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 31 agosto 2006, BAM núm. 5720 de 7 septiembre 2006, págs. 3212-3213

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