Saltar navegación
Acuerdos Junta de Gobierno

Área de Gobierno de las Artes. Organización, estructura y delegación de competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2011\48

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

20/07/2011

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 22/07/2011 núm. 6480 pág. 5 - 9

Coordinar e impulsar la acción de las Direcciones Generales y unidades dependientes de los mismos de conformidad con lo previsto en el artículo 2 del presente Acuerdo.

2. En particular, se delegan en el Coordinador General de Patrimonio Cultural las siguientes competencias:

a) Establecer los planes y directrices relativos a las inversiones para las diferentes infraestructuras adscritas al Área de Gobierno de las Artes excepto las expresamente atribuidas a otras unidades.

 

b) El impulso y dirección de los diferentes proyectos de inversión en infraestructuras de las Direcciones Generales que de él dependan.

 

c) El impulso y coordinación de los planes de ampliación, modernización y mejora del servicio público en Archivos, Museos, Bibliotecas y Conde Duque.

 

d) Elevar a la Comisión Permanente de las Artes las propuestas de concesión de premios y otras distinciones de carácter cultural, así como la asignación y cambio de denominación de las vías y espacios públicos, conjuntos urbanos y edificios singulares.

3. En particular, se delegan en el Coordinador General de Cultura y Ciudad las siguientes competencias:

  

3.1. En materia de promoción de la calidad del paisaje urbano:

a) Establecer criterios y directrices, funcionales y estéticos con el fin de proteger y mejorar el paisaje urbano de la ciudad de Madrid, mediante la integración ordenada y armónica de los diversos elementos que lo conforman.

 

b) Promover la calidad en el paisaje urbano, mediante el fomento, incentivos y medidas de todo tipo, relativas tanto a las actuaciones públicas como a las desarrolladas en el ámbito privado, involucrando a los agentes culturales, económicos, sociales y a los ciudadanos.

 

c) Coordinar la actuación de los distintos servicios municipales que incidan en la mejora del paisaje urbano y en la integración armónica de los elementos que conforman el paisaje urbano, en colaboración con las Áreas de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, de Urbanismo y Vivienda, Seguridad así como con el Área de Coordinación Territorial.

 

d) Establecer y aprobar los criterios estéticos y de diseño en materia de mobiliario urbano, en coordinación con el Área de Medio Ambiente y Movilidad.

 

e) Establecer el programa de uso del mobiliario urbano municipal en lo que respecta al circuito destinado al uso cultural.

 

f) Emitir informes vinculantes en los expedientes de homologación de mobiliario urbano, declaración de singularidad y siempre que se exija por la normativa municipal.

 

g) Realizar estudios y trabajos técnicos, actividades de difusión y promover debates y encuentros nacionales e internacionales en la materia.

 

h) Para el desarrollo de sus funciones, en materia de calidad urbana la Coordinación General de Cultura y Ciudad contará con la asistencia y el asesoramiento de la Comisión de Calidad Urbana.

3.2. En materia de proyectos culturales:

  

a) La promoción y creación de nuevos espacios municipales de apoyo a la creación mediante:

1º. La realización de estudios, proyectos, obras y equipamiento.

2º. La gestión y la puesta en marcha de dichos espacios y de instituciones y servicios incluidos en ellos.

b) La propuesta de políticas en materia de apoyo a la creación y de acción cultural.

c) La promoción de formas de ayuda a la creación individual o colectiva que redunden en beneficio de la ciudad y los ciudadanos mediante:

1º. La concesión de subvenciones, becas, acciones de difusión y otras formas de apoyo.

2º. La promoción de concursos y convocatorias para artistas para la mejora de la ciudad y de intervenciones artísticas en el espacio urbano.

3º. La colaboración con iniciativas públicas y privadas que redunden en el fomento de la creación.

d) La proyección internacional de los creadores y la creación ligada a la ciudad de Madrid.

3.3. En materia de contratación:

 

La tramitación de los expedientes de contratación que sean de su competencia por razón de la materia.

4. La Coordinación General de Cultura y Ciudad se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

4.1. Subdirección General de Apoyo a la Creación.

4.1.1. Departamento de Proyectos Culturales.

4.1.2. Departamento de Gestión Administrativa.

4.2. Subdirección General de Calidad del Paisaje Urbano.

4.2.1. Departamento de Estudios y Análisis.

4.2.2. Departamento de Gestión de Calidad.

Artículo 6. Direcciones Generales.

1. A las Direcciones Generales les corresponden las funciones referidas en el artículo 48 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, las que les atribuye el presente Acuerdo, así como las demás que les puedan ser asignadas por la Junta de Gobierno, sin perjuicio de las que puedan ejercer por delegación o desconcentración del Alcalde.

2. Asimismo, corresponde a los Directores Generales:

a) La notificación a los interesados de las resoluciones administrativas en materia de su competencia.

b) Acordar la conclusión y archivo de los expedientes que aparezcan ultimados en todos sus trámites referentes a materias propias de su competencia.

Artículo 7. Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas.

1. A la Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas le corresponden las competencias referidas en el artículo 6 del presente Acuerdo y, por delegación de la Junta de Gobierno, las siguientes:

a) Dirección, gestión y creación de archivos, hemerotecas, bibliotecas, museos, colecciones, y otros de naturaleza análoga, de titularidad municipal.

 

b) Catalogación, restauración, conservación, acrecentamiento y difusión del Patrimonio Histórico mueble adscrito al Área de Gobierno de las Artes.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Derogado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 26 de enero de 2012 .BOAM núm. 6603 , de 30 de enero de 2012, págs. 20 - 23 ANM 2012\14
Afecta a
  • Deroga Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 21 de junio de 2011. BOAM Núm. 6460 de 24 de junio de 2011 ANM 2011\41

Descargar normativa

Subir Bajar