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Acuerdos Junta de Gobierno

Modificación del acuerdo de 24 de junio de 2004 de Delegación de Competencias en los Órganos Superiores, en los Órganos Directivos y en las Juntas Municipales de Distrito

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2006\43

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

01/06/2006

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 08/06/2006 núm. 5707 pág. 2171-2174

d) Otorgar las autorizaciones, concesiones y adjudicar los contratos que amparen la ocupación de espacios en los edificios municipales que tengan adscritos cuando la ocupación se efectúe para dar soporte a servicios dirigidos al personal destinado en ellos o al público visitante, como cafeterías, oficinas bancarias, cajeros automáticos, oficinas postales u otros análogos o para la explotación marginal de espacios no necesarios para los servicios administrativos.

 

e) Autorizar el uso de los edificios escolares del Distrito para actividades educativas, culturales o recreativas complementarias de la docencia.

 

f) Otorgar las autorizaciones de uso o concesiones que amparen la utilización de los bienes muebles y semovientes que tengan adscritos, así como acordar la cesión gratuita de los mismos."

 

TRES.

 

En el apartado Cuarto "Delegaciones en los Gerentes de los Distritos", se añade un nuevo punto 5, con el siguiente tenor literal:

 

"5. EN MATERIA DE INVENTARIO.

 

Delegar en los Gerentes de los Distritos, en el ámbito de sus respectivas competencias, la formación, actualización y custodia del catálogo de bienes muebles no incluidos en el Inventario del Ayuntamiento de Madrid correspondiente a cada Distrito, en los términos que se determinen mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno."

 

Segundo. Interpretación del Acuerdo.

 

Se faculta al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la resolución de las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente Acuerdo.

 

Tercero. Tramitación de procedimientos.

 

Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Acuerdo por órganos distintos de los competentes de acuerdo con el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

 

Cuarto. Entrada en vigor.

 

El presente Acuerdo producirá efectos a partir del día siguiente a la fecha del mismo, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid."

 

Lo que se publica a los efectos oportunos.

 

Madrid, 1 de junio de 2006.

 

El Director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Jesús Espino Granado

 

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Derogado por Acuerdo de 27 julio 2006 de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos, BAM de 3 agosto 2006, núm. 5.715, págs. 2974-2982
Afecta a
  • Modifica el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 24 junio 2004, BAM núm. 5606 de 1 julio 2004, págs. 2352-2359 ANM 2004\33

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