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Acuerdos Junta de Gobierno

Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2015\66

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

29/10/2015

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 02/11/2015 núm. 7530 pág. 82 - 90
- BO. Comunidad de Madrid 10/11/2015 núm. 267 pág. 198 - 212

 

 

1.2. Administración electrónica y simplificación administrativa.

a) Definir, coordinar y realizar el seguimiento del Plan de desarrollo de la administración electrónica y acceso electrónico de los ciudadanos al Ayuntamiento de Madrid, en colaboración con el órgano competente en materia de tecnologías de la información.

b) Definir los criterios, elaborar propuestas normativas, realizar estudios y análisis de procesos para la simplificación y normalización, así como el informe sobre propuestas normativas que impliquen la creación de procedimientos o la modificación de los ya existentes.

c) Aprobar la incorporación de servicios y funcionalidades de administración electrónica.

d) Establecer, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, los criterios de diseño, uso y publicación; criterios generales de coordinación y gestión de la sede electrónica y de los canales de relación electrónica del Ayuntamiento.

e) Normalizar y rediseñar las solicitudes de los procedimientos administrativos y acceso a servicios y trámites.

f) Definir criterios, realizar análisis, cuantificar y elaborar propuestas para la reducción de cargas administrativas.

g) Impulsar y definir convenios y acuerdos con Administraciones públicas y otras entidades para fomentar la interoperabilidad, con el objetivo de simplificar las gestiones y actuaciones administrativas y eliminar la aportación de documentos por la ciudadanía.

h) Incorporar nuevas gestiones y servicios electrónicos que mejoren la relación del ciudadano con el Ayuntamiento y faciliten el acceso a la administración electrónica, en colaboración con el órgano competente en materia de tecnologías de la información.

i) Definir la política y planificar y coordinar la implantación de la firma electrónica en el Ayuntamiento de Madrid y en sus relaciones con la ciudadanía.

j) Definir las necesidades tecnológicas para la prestación de los servicios de la administración electrónica.

k) Actualizar el inventario de procedimientos del Ayuntamiento de Madrid.

l) Definir los criterios y propuestas para la incorporación de procedimientos y servicios en la Intranet municipal Ayre.

m) Elaborar, coordinar y difundir las directrices generales en materia de gestión documental e impulso y supervisión de los proyectos de gestión de documentos electrónicos.

n) Dirigir el seguimiento, resolver incidencias y asistir y apoyar a los usuarios de las aplicaciones de gestión de expedientes.

ñ) Elaborar los criterios y validar análisis funcionales para el diseño e implantación de nuevos procesos automatizados.

o) Elaborar el plan de despliegue del archivo electrónico del Ayuntamiento.

p) Elaborar el plan de formación específico en colaboración con la unidad competente en materia de formación del personal y comunicación interna y externa.

q) Dirigir proyectos normativos con repercusión en la administración electrónica.

r) Implantar y gestionar los procesos electrónicos que faciliten el acceso de la ciudadanía a los servicios públicos.

s) Analizar, evaluar y coordinar los servicios comunes electrónicos que el Ayuntamiento de Madrid ponga a disposición de la ciudadanía, como el catálogo de procedimientos y servicios, el Registro Electrónico General, el de representantes, el de funcionarios habilitados, la notificación electrónica y el intercambio automatizado de datos.

1.3. Sugerencias y Reclamaciones.

a) Supervisar, coordinar, evaluar y realizar el seguimiento del sistema de Sugerencias y Reclamaciones de los ciudadanos así como de su explotación estadística.

b) Elaborar la Memoria anual del sistema a elevar a la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones.

c) Elaborar informes puntuales sobre seguimiento, gestión y evaluación de las Sugerencias y Reclamaciones por los servicios municipales.

d) Elaborar recomendaciones a los servicios municipales para la mejora de las prestaciones a los ciudadanos que pudieran derivarse de las Sugerencias y Reclamaciones presentadas.

e) Resolver conflictos entre servicios relativos a las competencias para la gestión de las Sugerencias y Reclamaciones.

f) Realizar la formación, soporte y apoyo a las unidades encargadas de la gestión de las Sugerencias y Reclamaciones.

g) Ejecutar las directrices para el desarrollo de la gestión de las Sugerencias y Reclamaciones.

1.4. Transparencia.

a) Elaborar y proponer para su aprobación proyectos de disposiciones, instrucciones y circulares en materia de transparencia y datos abiertos en orden a asegurar una aplicación homogénea de las mismas.

b) Definir, planificar, coordinar y realizar el seguimiento del Portal de Transparencia y del Portal de Datos Abiertos.

c) (Suprimida)

d) Realizar el asesoramiento técnico-jurídico a todas las unidades orgánicas del Ayuntamiento en materia de transparencia y datos abiertos correspondiéndole proponer al titular del Área de Gobierno el establecimiento de los criterios unitarios para su aplicación.

e) Elaborar estudios y organizar seminarios y congresos, así como asistir a foros técnicos nacionales e internacionales, en particular a los de la Unión Europea y Latinoamérica, que tengan por objeto el análisis, la implantación y desarrollo de buenas prácticas en materia de transparencia y datos abiertos.

f) Coordinar y evaluar la aplicación del derecho a la información pública de la ciudadanía en el Ayuntamiento.

g) Establecer un proceso de seguimiento y transparencia en la elaboración de normas.

h) Diseñar y desarrollar acciones formativas sobre transparencia y datos abiertos cuyos destinatarios son las entidades sociales y el personal del Ayuntamiento de Madrid, sin perjuicio de las competencias que en materia de formación del personal de Ayuntamiento corresponde a la Gerencia de la Ciudad.

i) Resolver las solicitudes de reutilización de información publicada en el Portal de Gobierno Abierto, en www.madrid.es o en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

j) Tramitar y resolver las solicitudes de acceso a la información pública presentadas al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, en el caso de que la información solicitada esté publicada.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Queda sin efecto por el Acuerdo de 5 de septiembre de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía. ANM 2019\75
  • Modificado apartados 6º y 7º por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 28 de marzo de 2019. BOAM núm.: 8369 de 1 de abril de 2019. BOCM Núm. 87 de 12 de abril de 2019. Págs. 110 - 111
  • Modificado apartados 1º y 6º por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 7 de febrero de 2019. BOAM núm.: 8334 de 11 de febrero de 2019. BOCM Núm. 44 de 21 de febrero de 2019. Págs. 101 - 102
  • Modificado apartados 1º (punto 2.4), 3º (punto 1.3) y 7º (se añade letra k en el punto 1.1) por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 13 de diciembre de 2018. BOAM núm.: 8299 de 17 de diciembre de 2018
  • Modificado apartados 1º, 3º, 7º y se añade un apartado 8º por Acuerdo de 28 de junio de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto. BOAM núm. 8186 de 2 de julio de 2018.BOCM Núm. 166 de 13 de julio de 2018. Págs. 147 - 150
  • Modificado apartado 1º y añadida letra i) del punto 1.1. del apartado 7º por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 7 de junio de 2018. BOAM Núm. 8171 de 11 de junio de 2018. Págs. 72 - 73
  • Modificado por Acuerdo de 23 de marzo de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifican los Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias de las Áreas de Gobierno, los Distritos, la Coordinación General de la Alcaldía, la Gerencia de la Ciudad y la Presidencia del Pleno, y el Acuerdo de 30 de marzo de 2017, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad, en materia de autorizaciones de la Junta de Gobierno en contratos de obras tramitados por el procedimiento abierto simplificado. BOAM núm. 8121 de 26 de marzo de 2018 ANM 2018\26
  • Modificado apartado 1.5 e incluido apartado 1.8 del apartado 7º por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 30 de noviembre de 2017. BOAM Núm. 8049 de 12 de diciembre de 2017. BOCM núm. 304 de 22 de diciembre de 2017.
  • Modificado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 3 de noviembre de 2016. BOAM Núm. 7779 de 7 de noviembre de 2016.
  • Modificado por Acuerdo de 29 de septiembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid. BOAM Núm. 7757 de 4 de octubre de 2016. BOCM Núm. 246 de 13 de octubre de 2016.
  • Modificado apartados 1º, 3º, 6º, 7º y 9º y suprimido apartado 8º por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 4 de febrero de 2016. BOAM núm. 7593 de 8 de febrero de 2016
Afecta a
  • Deja sin efecto Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos de de 2 de julio de 2015 ANM 2015\52
  • Deja sin efecto Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de 16 de julio de 2015 ANM 2015\50
  • Deja sin efecto Determinación de los órganos competentes para el ejercicio de las funciones de fe pública de 16 de julio de 2015. ANM 2015\48
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