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Acuerdos Junta de Gobierno

Área de Gobierno de Economía y Participación Ciudadana. Organización, Estructura y Delegación de Competencias en sus Titulares y en los Titulares de los Órganos Directivos

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2006\56

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

27/07/2006

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 03/08/2006 núm. 5.715 pág. 2917-2924
- BO. Comunidad de Madrid 11/08/2006 núm. 190 pág. 112-118

1.2. En materia de Comercio:

 

a) La planificación, propuesta e impulso de las medidas necesarias para el fomento, desarrollo, modernización y promoción del comercio.

 

b) Las relaciones en materia de comercio con otras Administraciones y Organismos Públicos, así como con las Asociaciones de Comerciantes, Organizaciones Empresariales y otras entidades.

 

c) La elaboración y propuesta de las líneas generales de actuación en materia de comercio y venta ambulante no autorizada, su implantación, y la coordinación de los Servicios y Organismos Municipales con competencias en las mismas.

 

d) La elaboración de proyectos de disposiciones en materia de Mercados de Distrito, Centros Comerciales de Barrio y Galerías de Alimentación.

 

e) La realización de las actuaciones necesarias para la instalación de nuevos Mercados de Distrito y Centros Comerciales de Barrio, en coordinación con las Áreas de Gobierno y Juntas Municipales de Distrito que correspondan.

 

f) La resolución de las cuestiones jurídico-administrativas en materia de Mercados de Distrito, Centros Comerciales de Barrio, Galerías de Alimentación, Mercados Centrales y Canales Alternativos, la propuesta sobre la forma de gestión de los Mercados de Distrito y Centros Comerciales de Barrio y la autorización de los cambios de propiedad de las galerías de alimentación.

 

g) El control de las actividades relativas al régimen de Mercados Mayoristas y Minoristas y canales alternativos de comercialización, así como la inspección de los Mercados de Distrito, Centros Comerciales de Barrio y Galerías de alimentación para comprobar su estado de conservación y la propuesta de las medidas a adoptar.

 

h) La tramitación de las propuestas de aprobación y modificación de las tarifas de los Mercados de Distrito y Centros Comerciales de Barrio gestionados en régimen de concesión administrativa, incluidos sus aparcamientos, de los Mercados Centrales y de las tarifas de la Unidad Alimentaria Mercamadrid.

 

i) La emisión de informes, y el asesoramiento a los Concejales Presidentes de los Distritos en materia de Mercados de Distrito, Centros Comerciales de Barrio, Galerías de Alimentación y toda clase de establecimientos de comercio.

 

j) El informe sobre el impacto comercial de la implantación de agrupaciones comerciales y grandes superficies.

 

k) El fomento del asociacionismo en materia de comercio.

 

l) La formación de los comerciantes.

 

m) El estudio y análisis de nuevas fórmulas de gestión de los mercadillos.

 

n) La información y sensibilización del ciudadano contra la venta ambulante ilegal, así como la propuesta de adopción de medidas para su erradicación en coordinación con las Áreas de Gobierno y los Distritos que correspondan.

 

ñ) La gestión de ayudas y subvenciones en las materias relacionadas con el comercio atribuidas a la Dirección General.

 

2. La Dirección General de Comercio y Consumo se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

 

2.1. Subdirección General de Comercio.

 

2.1.1.Servicio de Comercio.

 

2.1.1.1. Departamento de Mercados.

 

2.1.2. Servicio de Venta Ambulante.

 

2.1.2.1. Departamento de Venta Ambulante e Inspección.

 

2.1.3. Servicio de Promoción Comercial.

 

2.1.3.1. Departamento de Programación Comercial.

 

2.2.Instituto Municipal de Consumo (rango de Subdirección General).

 

2.2.1. Servicio de Protección al Consumidor.

 

2.2.1.1. Departamento de Arbitraje.

 

2.2.1.2. Departamento de Información al Consumidor.

 

2.2.2. Servicio de Ordenación para el Consumo.

 

2.2.2.1. Departamento de Sistemas de Autocontrol e Inspección de Consumo.

 

2.2.3. Servicio de Promoción y Estudios de Consumo.

 

Artículo 10. Dirección General de Turismo.

 

1. A la Dirección General de Turismo le corresponden las competencias referidas en el artículo 8 del presente Acuerdo y, por delegación de la Junta de Gobierno las siguientes:

 

a) La ordenación del sector turístico de la ciudad de Madrid y de su infraestructura.

 

b) Diseñar y planificar las líneas estratégicas de actuación en materia de turismo de la ciudad de Madrid, así como las medidas para el fomento y mejora del sector turístico madrileño para su promoción a nivel nacional e internacional.

 

c) El fomento de las profesiones turísticas, así como la formación y el perfeccionamiento de los profesionales del turismo en el marco de las competencias municipales.

 

d) El ejercicio de las competencias administrativas en materia de autorización, clasificación, apertura y cierre de los establecimientos de las empresas y entidades turísticas sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos y Administraciones públicas.

 

e) El control de calidad e inspección de las instalaciones y de la prestación de los servicios de las empresas, profesiones y actividades turísticas sin perjuicio de las competencias que en materia de vigilancia y control le correspondan a otros Organismos y Administraciones públicas.

 

f) La información sobre la oferta turística de Madrid.

 

g) La coordinación con otros órganos de la Administración Municipal en temas que tengan incidencia con el turismo, en el ámbito de sus respectivas competencias.

 

h) La coordinación con otras Administraciones Públicas, con el objeto de potenciar la ciudad de Madrid como destino turístico.

 

i) El establecimiento de vínculos de colaboración con las Asociaciones profesionales del sector con el fin de trabajar, coordinadamente, por la mejora del turismo de la ciudad de Madrid, propiciando e impulsando fórmulas de modernización e innovación.

 

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Derogado Por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 18 de junio 2007, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía y Empleo y se delegan competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos. BOAM núm. 5761 de 21 de junio 2007. Págs. 73-80 ANM 2007\31

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