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Acuerdos Junta de Gobierno

Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad. Organización, Estructura y Delegación de Competencias en sus Titulares y en los Titulares de los Órganos Directivos

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2006\57

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

27/07/2006

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 03/08/2006 núm. 5.715 pág. 2924-2932
- BO. Comunidad de Madrid 11/08/2006 núm. 190 pág. 104-112

b) Proponer las Comisiones de Servicio y adscripciones temporales y funcionales de los funcionarios del Cuerpo de Policía Municipal y restantes funcionarios con destino en las unidades organizativas de la Policía Municipal, entre puestos de trabajo incluidos en la Relación de puestos de Trabajo.

c) La gestión, a través de la Habilitación de Pagos, de los anticipos de caja fija y libramientos a justificar correspondientes al presupuesto de la Coordinación General de Seguridad.

2. La Dirección General de Seguridad se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de Trabajo que se determinen en la Relación de Puestos de Trabajo:

1. Subdirección General de Gestión de Personal.

1.1. Departamento de Formación y Estudios.

1.2. Departamento de Administración de Personal.

1.3. Departamento de Evaluación y Calidad de los Servicios.

1.4. Departamento de Salud Laboral.

2. Subdirección General Económico-Administrativa.

2.1. Departamento de Medios Técnicos y Recursos Materiales.

2.2. Departamento de Gestión Administrativa.

2.3. Departamento Económico y de Presupuestos.

3. Subdirección General Informática, Comunicaciones y Nuevas Tecnologías.

3.1. Departamento de Informática.

3.2. Departamento de Comunicaciones.

3.3. Departamento de Innovación y Desarrollo.

3. En atención a las características específicas de las competencias asignadas a la Dirección General de Seguridad, en particular en materia de Organización y Coordinación de Recursos, su titular no será preciso que ostente la condición de funcionario de conformidad con lo previsto en el artículo 49.2 del Reglamento del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

Artículo 11 . Dirección General de Movilidad.

1. A la Dirección General de Movilidad le corresponden las competencias referidas en el artículo 9 del presente Acuerdo y, por delegación de la Junta de Gobierno las siguientes:

1.1. En materia de Movilidad:

a) Realizar estudios y análisis en orden a definir los criterios de equilibrio entre el tráfico rodado y el peatonal.

b) Planificar y programar las infraestructuras vinculadas a la movilidad urbana, determinando los principales requerimientos tales como ubicación, tipología y dimensión.

c) Dirección, construcción y explotación e inspección de los aparcamientos subterráneos públicos, de rotación, de residentes o mixtos, en coordinación con el Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras.

(redacción dada por acuerdo de 24 de mayo 2007 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid)

d) Incoar, tramitar y resolver los expedientes por infracción de las normas de tráfico y circulación, con la imposición de las sanciones a que, en su caso, hubiere lugar; el trámite y resolución de los recursos administrativos interpuestos con relación a las mismas; las facultades de revisión de oficio reguladas en el Capítulo I del Título VII de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común y, en general, todas las derivadas de la potestad sancionadora que se desprendan del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y disposiciones concordantes, que correspondan a este Ayuntamiento.

e) Dirigir, ejecutar y supervisar la realización de los proyectos de obras, que incidan en la señalización viaria, tales como instalación de señales verticales, marcas viales, semáforos, etc., sin perjuicio de las competencias que tengan conferidas otras Áreas de Gobierno.

f) Gestión y explotación de las Zonas de Estacionamiento Regulado (S.E.R.)

g) Autorizar la circulación de vehículos pesados y caravanas señalando los itinerarios por los que han de discurrir y el correspondiente servicio de acompañamiento por la Policía Municipal.

h) Aprobar y autorizar, en su caso, dentro de las normas y Ordenanzas de carácter general, las reservas de estacionamiento y parada, incluidas las especiales para personas de movilidad reducida, en todas las vías públicas pertenecientes a la Red Básica de Transportes, entendiendo por tal aquella en la que circulan autobuses de la E.M.T. y vías relacionadas en el Anexo del presente Acuerdo.

i) Definir los aspectos relacionados con la Movilidad en los Proyectos de Remodelación de vías públicas a redactar por el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Servicios a la Comunidad.

j) Dirigir y organizar el Cuerpo de Agentes de Movilidad, proponiendo y ejecutando los planes de funcionamiento y adquisición de material, mejora y actualización del mismo.

k) Proponer las retribuciones complementarias que no sean fijas ni periódicas (complemento de productividad) y las gratificaciones por servicios extraordinarios de los Agentes de Movilidad, en el marco de las directrices establecidas sobre el régimen retributivo del personal.

l) Ejercer la vigilancia, inspección y control de la Estación Sur de Autobuses de la calle Méndez Álvaro y del servicio objeto de la concesión.

m) Explotar, en materia de gestión de tráfico, el Centro de Control de Túneles Urbanos, así como los túneles dependientes del mismo.

1.2. En materia de Transportes:

La concesión de las siguientes autorizaciones:

- La autorización de transporte escolar y de menores.

- La autorización de transporte de vertidos y escombros.

- La autorización para la prestación de servicios de mudanzas.

2. La Dirección General de Movilidad se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la Relación de Puestos de Trabajo:

1. Subdirección General de Circulación y Planificación de Infraestructuras de Movilidad.

1.1. Departamento de Planeamiento Viario.

1.2. Departamento de Ordenación y Señalización Fija.

1.3. Departamento de Tecnologías del Tráfico.

2. Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Derogado por Acuerdo Junta de Gobierno de 18 junio 2007 de organización y estructura del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos. BOAM 5761 de 21 junio 2007 Págs. 50-63 ANM 2007\29
  • Modificado art. 11, apartado 1.1., letra c: redacción dada por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de 24 de mayo de 2007; BOAM núm. 5758 de 31 mayo 2007; BOCM núm. 138 de 12 junio 2007
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