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Acuerdos Junta de Gobierno

Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras. Organización, Estructura y Delegación de Competencias en sus Titulares y en los Titulares de los Órganos Directivos

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2006\55

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

27/07/2006

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 03/08/2006 núm. 5.715 pág. 2911
- BO. Comunidad de Madrid 11/08/2006 núm. 190 pág. 118-123

2.3.2. Departamento de Tecnología.

2.3.3. Departamento de Construcción 1.

2.3.4. Departamento de Construcción 2.

Artículo 10. Dirección General de Desarrollo de Infraestructuras.

A la Dirección General de Desarrollo de Infraestructuras le corresponden las competencias referidas en el artículo 8 del presente Acuerdo y, por delegación de la Junta de Gobierno las siguientes:

a) Coordinación con otras Áreas del Ayuntamiento relacionadas con las actuaciones en materia de infraestructuras de transporte municipales.

b) Relación y coordinación con otras Administraciones y Organismos públicos o privados en materia de infraestructuras del transporte.

c) Preparación e impulso de la tramitación administrativa necesaria para el desarrollo de las infraestructuras de transporte municipales.

d) Coordinación con el Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública en el diseño, organización y desarrollo del sistema de gestión y financiación de las infraestructuras de transporte municipales.

e) Coordinación de los proyectos de infraestructuras con la ordenación urbanística.

Artículo 11. Dirección General de Planificación y Evaluación Urbana.

1. A la Dirección General de Planificación y Evaluación Urbana le corresponden las competencias referidas en el artículo 8 del presente Acuerdo y, por delegación de la Junta de Gobierno las siguientes:

 

1.1. Dirección, coordinación e impulso de la actividad de los Servicios de su competencia en la definición y desarrollo del modelo de Ciudad y de las grandes operaciones urbanísticas estructurantes, que se concretará en las siguientes:

 

a) Establecer las directrices generales y coordinar la actuación de los distintos servicios municipales que incidan en la integración ordenada de los diversos elementos que conforman el conjunto urbano, incluido el paisaje urbano, desde su consideración urbanística.

b) Elaborar tramitar e informar los distintos instrumentos de planeamiento urbanístico de iniciativa municipal, así como los actos preparatorios en relación con los mismos.

c) Formulación y tramitación de las adaptaciones puntuales o globales del Plan General de Ordenación Urbana vigente a la evolución de la legislación urbanística medioambiental, sectorial y a la constante transformación urbana.

d) Formulación de las condiciones básicas de la ordenación urbanística en propuestas de sectorización y tramitación de cuantas se formulen en suelo urbanizable no programado y suelo no urbanizable común del Plan General de 1997.

e) Formulación y tramitación de planes y proyectos encaminados a potenciar, como referente urbano, el patrimonio cultural del centro histórico.

f) El diseño y planificación del modelo de ciudad en coordinación con la Dirección General de Gestión Urbanística.

g) Planificar, proyectar, gestionar, ejecutar y recibir las obras de infraestructuras vinculadas al proyecto olímpico de Madrid, los proyectos y obras de urbanización de iniciativa municipal, así como las restantes obras de infraestructuras derivadas de actuaciones urbanísticas e intervenciones urbanas atribuidas a la competencia del Área de Gobierno.

1.2. Coordinación y establecimiento de directrices para el adecuado seguimiento de las actuaciones correspondientes a otras dependencias municipales con competencias en el desarrollo del Plan General, concretándose en los siguientes aspectos:

 

a) Informar las propuestas de regulación normativa u ordenanzas con incidencia en la ordenación urbana.

b) Informar y en su caso tramitar los Planes Temáticos y Planes Especiales de desarrollo del Plan General en ámbitos remitidos a formulación por iniciativa pública.

c) Participar en el desarrollo y funcionamiento de las Comisiones u órganos colegiados con atribuciones relacionadas con los diversos aspectos de la ordenación urbanística.

1.3. Análisis y control de la compatibilidad con los planeamientos urbanísticos y sectoriales, de cualquier actuación promovida por entidades y administraciones públicas, en matera de redes públicas, infraestructuras básicas, servicios, uso dotacional para el transporte y movilidad viaria.

En particular, le corresponde evacuar los informes solicitados respecto de los proyectos de obras de construcción, edificación y uso del suelo de iniciativa municipal, así como los promovidos por otras Administraciones Públicas, en los supuestos contemplados en el artículo 244.2 del Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, y en el artículo 161 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

1.4. Seguimiento y control del cumplimiento de la política municipal en materia de planificación urbanística, por los diversos servicios municipales.

1.5. Coordinación y concertación con otras Administraciones y Entidades Públicas y Privadas necesarias para el adecuado ejercicio de las respectivas competencias.

1.6. Dirección de Estudios y elaboración de bases para un sistema integrado de seguimiento, información y análisis sobre evolución del modelo de ciudad.

1.7. Informar las propuestas de asignación y cambio de denominación de vías y espacios públicos, conjuntos urbanos, edificios singulares, parques, centros comerciales de barrio, mercados de distrito, centros y edificios municipales que no tengan carácter singular.

2. La Dirección General de Planificación y Evaluación Urbana se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

2.1. Subdirección General del Plan General de Ordenación Urbana.

 

2.1.1.Departamento de Planeamiento.

2.1.2. Departamento de Ingeniería Urbana.

2.1.3. Departamento de Gestión Urbana y Estrategia Ambiental.

2.1.4. Departamento de Cartografía Urbanística.

 

2.2. Subdirección General de Desarrollo Urbano.

 

2.2.1. Departamento Técnico Adjunto.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Derogado por Acuerdo Junta Gobierno de Gobierno de 18 junio 2007, de organización y estructura del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda y se delegan competencias en su titular y en los titulares de lo órganos directivos. BOAM 5761 de 21 junio 2007, págs. 45-50 ANM 2007\28
  • Ampliado letra m del apartado 1 del artículo 7 por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 1 de marzo de 2007, BOAM de 15 marzo 2007, núm. 5747, págs. 23 - 24

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