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Acuerdos Junta de Gobierno

Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2015\66

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

29/10/2015

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 02/11/2015 núm. 7530 pág. 82 - 90
- BO. Comunidad de Madrid 10/11/2015 núm. 267 pág. 198 - 212

k) Inadmitir aquellas solicitudes de acceso a la información pública que, presentadas al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, tengan un régimen jurídico específico de acceso y cuando sea manifiesto que lo solicitado no es información pública a los efectos de lo dispuesto en el artículo 13 de la citada ley. Asimismo, le corresponde inadmitir las solicitudes cuando la competencia corresponda a otra Administración pública, siempre y cuando no se haya asignado ya la tramitación de la solicitud a alguno de los órganos municipales con competencia en esta materia, en cuyo caso le corresponderá a estos.

l) Incoar, tramitar y resolver los procedimientos sancionadores por infracción leve en materia de reutilización de la información, de conformidad con el artículo 45 de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid.

m) Interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan de la aplicación de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid.

n) Dictar las resoluciones complementarias necesarias para el cumplimiento de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid.

ñ) Dictar criterios interpretativos para la publicación de la información en el Portal de Gobierno Abierto y para la resolución de las solicitudes de acceso a la información pública, para la mejor coordinación de todos los órganos y unidades municipales en la materia.

1.5. Calidad y evaluación.

a) Elaborar, coordinar y difundir el Plan de Calidad del Ayuntamiento de Madrid.

b) Elaborar e implantar planes de mejora en los servicios municipales.

c) Coordinar proyectos de mejora de carácter institucional que le sean encomendados por el titular del Área de Gobierno.

d) Establecer la metodología para la definición de la estrategia municipal y su desarrollo operativo.

e) Realizar el seguimiento y evaluación del plan estratégico del Ayuntamiento de Madrid.

f) Impulsar, asesorar y apoyar a las unidades en la elaboración, seguimiento y evaluación de las cartas de servicios; emitir el informe previo a la aprobación de cartas de servicios y el informe anual de evaluación general del sistema de cartas de servicios.

g) Definir los criterios para el establecimiento de un sistema de indicadores de gestión y de niveles de calidad con el objetivo de evaluar la actuación municipal y medir la calidad de los servicios.

h) Establecer los criterios metodológicos para la realización de encuestas de necesidades, expectativas y satisfacción con los servicios municipales, promovidas por las diferentes unidades del Ayuntamiento de Madrid, así como la emisión de informe previo que garantice su rigor técnico.

i) Evaluar planes, programas y proyectos municipales.

j) Promover e implantar sistemas de gestión de calidad, la utilización de herramientas de calidad y el fomento de mejores prácticas.

k) Coordinar y promover la participación del Ayuntamiento de Madrid en convocatorias de reconocimientos externos en materia de calidad y evaluación.

l) Diseñar, impulsar, gestionar y coordinar actuaciones y herramientas para la comunicación, participación y colaboración internas.

m) Planificar, definir, coordinar y realizar el seguimiento de la Intranet municipal, ejerciendo las funciones de unidad coordinadora Ayre.

n) Elaborar y realizar el seguimiento de un plan de formación en materia de calidad y evaluación dirigido a toda la organización municipal, en coordinación con la unidad competente en materia de formación del personal.

ñ) Prestar asesoramiento y apoyo técnico a la organización municipal en las materias que le son propias.

1.6. (Suprimido)

1.7. Registro Electrónico General.

Coordinar, establecer criterios generales y realizar el seguimiento de la actividad del Registro Electrónico General, y de todas las oficinas de asistencia en materia de registro.

1.8. Sistemas de información del Observatorio de la Ciudad.

a) Definir, diseñar, coordinar y gestionar los sistemas de información permanentes relativos a los indicadores de gestión de los servicios públicos municipales.

b) Establecer objetivos e indicadores para la evaluación de la gestión municipal y el nivel de calidad de los servicios prestados por el Ayuntamiento de Madrid.

c) Diseñar, mantener, gestionar y coordinar la aplicación informática de los Sistemas de
información del Observatorio de la Ciudad, en colaboración con el Organismo Autónomo
Informática del Ayuntamiento de Madrid.

d) Elaborar y armonizar los parámetros generales de recogida, análisis y publicación de la información contenida en los sistemas de información de los indicadores de gestión de los servicios públicos municipales.

e) Difundir la información relacionada con los indicadores de gestión de los servicios públicos municipales a través del portal institucional del Ayuntamiento de Madrid.

f) Prestar asesoramiento y apoyo técnico a la organización municipal en las materias que le son propias.

 

(enunciado del punto 1.8 y los párrafos a), c) y e) modificados por Acuerdo de 28 de marzo de 2019)

 

8º.- Dirección General de Atención a la Ciudadanía.

1. Competencias específicas.

1.1. Atención a la ciudadanía.

a) Proponer criterios generales para la adecuada gestión del servicio de atención ciudadana en el Ayuntamiento de Madrid.

b) Implantar y gestionar procesos que faciliten el acceso de la ciudadanía a los servicios públicos y a la información, así como facilitar la participación ciudadana.

c) Proponer medidas y acciones para incrementar el acceso y utilización de la información y mejorar la atención a la ciudadanía.

d) Supervisar el funcionamiento de todos los canales de atención a la ciudadanía, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Organismo Autónomo Agencia Tributaria en el ámbito de información al contribuyente y de las que correspondan a al órgano competente en administración electrónica.

e) Dirigir, organizar y coordinar la red de atención a la ciudadanía Línea Madrid configurada como un servicio integrador de la atención presencial, prestada a través de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid, la atención telefónica del servicio 010 y atención telemática en el portal web institucional, canales de atención en redes sociales y aplicaciones móviles; estableciéndose los medios y procedimientos a utilizar, y manteniéndose la misma identidad corporativa a través de la dotación, reparación y reforma de los elementos precisos a estos efectos.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Queda sin efecto por el Acuerdo de 5 de septiembre de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía. ANM 2019\75
  • Modificado apartados 6º y 7º por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 28 de marzo de 2019. BOAM núm.: 8369 de 1 de abril de 2019. BOCM Núm. 87 de 12 de abril de 2019. Págs. 110 - 111
  • Modificado apartados 1º y 6º por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 7 de febrero de 2019. BOAM núm.: 8334 de 11 de febrero de 2019. BOCM Núm. 44 de 21 de febrero de 2019. Págs. 101 - 102
  • Modificado apartados 1º (punto 2.4), 3º (punto 1.3) y 7º (se añade letra k en el punto 1.1) por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 13 de diciembre de 2018. BOAM núm.: 8299 de 17 de diciembre de 2018
  • Modificado apartados 1º, 3º, 7º y se añade un apartado 8º por Acuerdo de 28 de junio de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto. BOAM núm. 8186 de 2 de julio de 2018.BOCM Núm. 166 de 13 de julio de 2018. Págs. 147 - 150
  • Modificado apartado 1º y añadida letra i) del punto 1.1. del apartado 7º por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 7 de junio de 2018. BOAM Núm. 8171 de 11 de junio de 2018. Págs. 72 - 73
  • Modificado por Acuerdo de 23 de marzo de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifican los Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias de las Áreas de Gobierno, los Distritos, la Coordinación General de la Alcaldía, la Gerencia de la Ciudad y la Presidencia del Pleno, y el Acuerdo de 30 de marzo de 2017, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad, en materia de autorizaciones de la Junta de Gobierno en contratos de obras tramitados por el procedimiento abierto simplificado. BOAM núm. 8121 de 26 de marzo de 2018 ANM 2018\26
  • Modificado apartado 1.5 e incluido apartado 1.8 del apartado 7º por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 30 de noviembre de 2017. BOAM Núm. 8049 de 12 de diciembre de 2017. BOCM núm. 304 de 22 de diciembre de 2017.
  • Modificado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 3 de noviembre de 2016. BOAM Núm. 7779 de 7 de noviembre de 2016.
  • Modificado por Acuerdo de 29 de septiembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid. BOAM Núm. 7757 de 4 de octubre de 2016. BOCM Núm. 246 de 13 de octubre de 2016.
  • Modificado apartados 1º, 3º, 6º, 7º y 9º y suprimido apartado 8º por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 4 de febrero de 2016. BOAM núm. 7593 de 8 de febrero de 2016
Afecta a
  • Deja sin efecto Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos de de 2 de julio de 2015 ANM 2015\52
  • Deja sin efecto Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de 16 de julio de 2015 ANM 2015\50
  • Deja sin efecto Determinación de los órganos competentes para el ejercicio de las funciones de fe pública de 16 de julio de 2015. ANM 2015\48
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