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Acuerdos Junta de Gobierno

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Servicios a la Comunidad. Organización, Estructura y Delegación de Competencias en sus Titulares y Titulares de los Órganos Directivos

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2006\58

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

27/07/2006

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 03/08/2006 núm. 5.715 pág. 2932-2939
- BO. Comunidad de Madrid 11/08/2006 núm. 190 pág. 98-104

c) Mantener, conservar y explotar, directa o indirectamente, las infraestructuras y equipamientos ambientales del Área relativos al agua, energía, recogida de residuos urbanos y limpieza.

d) Elaborar estudios, redactar proyectos de obras y realizar las actuaciones necesarias en materia de infraestructuras y equipamientos ambientales, en materia de limpieza y recogida de residuos.

1.3. En materia de autorizaciones, inspección y control:

a) Inspeccionar, controlar y vigilar ambientalmente el medio urbano de la ciudad de Madrid, en materias competencia de esta Dirección General.

b) Imponer medidas correctoras para que se adecuen las instalaciones o actividades que disponen de licencia o autorización municipal, o se trate de actividades, que por ser particulares no precisen de ella.

c) Tramitar y resolver los expedientes administrativos para la concesión de autorizaciones y licencias previstas en la normativa aplicable a las materias que se refieren los apartados precedentes.

d) Formular y ejecutar las acciones de control de la contaminación y corrección de los efectos producidos por la producción de ruidos, así como mantener, conservar y explotar las infraestructuras y equipamientos ambientales relativos a la contaminación acústica.

2. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

1. Subdirección General de Disciplina Ambiental.

1.1. Departamento de Inspección Ambiental.

1.2.Departamento de Disciplina Ambiental.

1.3. Departamento de Disciplina y Control Administrativo.

1.4. Departamento de Control Acústico.

2. Subdirección General de Limpieza Urbana y Recogida de Residuos

2.1. Departamento de Explotación de Recogida de Residuos.

2.2. Departamento de Explotación de Limpieza Urbana.

2.3. Departamento de Control de Calidad de Limpieza Urbana y Recogida de Residuos.

3. Departamento de Gestión Administrativa.

4.Departamento de Evaluación Ambiental.

Artículo 12 . Dirección General de Parque Tecnológico de Valdemingómez.

1. A la Dirección General de Parque Tecnológico de Valdemingómez le corresponden las competencias referidas en el artículo 6 del presente Acuerdo y, por delegación de la Junta de Gobierno las siguientes:

1.1. Competencias de carácter general:

a) Planificar, coordinar y ejecutar programas y actividades relativos al tratamiento y eliminación de residuos.

b) Planificar, coordinar y ejecutar programas y actividades relacionadas con el uso y aprovechamiento energético del biogás generado en instalaciones de tratamiento y eliminación de residuos y en especial para su aplicación en transportes públicos y otros servicios municipales.

c) Promover la investigación relacionada con nuevos procesos y métodos de tratamiento y eliminación de residuos, en colaboración con otras Administraciones Públicas, Universidades y centros de investigación públicos y privados.

d) Elaborar estudios y modelos de reutilización de materiales y recursos energéticos procedentes del tratamiento de residuos de construcción y demolición.

e) Coordinar y cooperar con otras Administraciones, entidades gestoras de residuos y otras organizaciones e instituciones, en materia de calidad ambiental relacionados con el tratamiento y eliminación de residuos, aprovechamiento energético, minimización de residuos, reutilización y usos de materiales reciclables.

f) Ejecutar proyectos y programas financiados por la Unión Europea o por otras organizaciones públicas o privadas, en materia de residuos sólidos.

1.2. En materia de infraestructuras de tratamiento y eliminación de residuos:

a) Proyectar, construir, conservar y explotar las infraestructuras y equipamientos ambientales relativos al tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos y al aprovechamiento de biogás, así como a la clausura y restauración de estas instalaciones.

b) Controlar y supervisar las instalaciones de carácter análogo a las previstas en el apartado anterior, cuya gestión se encomiende por el Ayuntamiento de Madrid a empresas privadas o públicas.

c) Formular y ejecutar acciones para optimizar los procesos de las plantas de tratamiento de eliminación y residuos.

d) Controlar y supervisar el funcionamiento de las instalaciones de vertido de residuos inertes y residuos de construcción y demolición.

e) Captar, tratar, explotar y actualizar los datos y variables que caractericen la calidad del medio en las instalaciones de tratamiento y eliminación de residuos.

f) Realizar las correspondientes acciones de inspección, control y corrección, en las instalaciones de tratamiento y eliminación de residuos y su ámbito de influencia.

2. La Dirección General de Parque Tecnológico de Valdemingómez se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

1. Subdirección General del Parque Tecnológico Valdemingómez.

1.1. Departamento de Explotaciones de Tratamiento y Eliminación de Residuos.

1.2. Departamento de Planificación y Control de Calidad.

3. En atención a las características específicas de las competencias asignadas a la Dirección General del Parque Tecnológico Valdemingómez, en particular en materia de gestión innovadora de residuos, su titular no será preciso que ostente la condición de funcionario de conformidad con lo previsto en el artículo 49.2 del Reglamento del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

Artículo 13 . Dirección General del Agua

1. A la Dirección General del Agua le corresponden las competencias referidas en el artículo 6 del presente Acuerdo y, por delegación de la Junta de Gobierno las siguientes:

1.1. En materia de gestión del agua:

a) Implantar los medios necesarios para la ejecución de los Programas de Gestión, Ahorro, Eficiencia y Sustitución establecidos en el Plan de Gestión de la Demanda de Agua en Madrid.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Derogado por Acuerdo Junta Gobierno Ciudad de Madrid de 18 junio 2007 de organización y estructura del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad. BOAM 5761 de 21 junio 2007, págs. 27-33 ANM 2007\24
  • Modificado por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 5 de octubre 2006, BAM núm. 5725 de 12 octubre 2006, pág. 3592

Descargar normativa

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