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Acuerdos Junta de Gobierno

Área de Gobierno de Economía y Participación Ciudadana. Organización, Estructura y Delegación de Competencias en sus Titulares y en los Titulares de los Órganos Directivos

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2006\56

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

27/07/2006

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 03/08/2006 núm. 5.715 pág. 2917-2924
- BO. Comunidad de Madrid 11/08/2006 núm. 190 pág. 112-118

j) El fomento y promoción de la actividad ferial y de congresos en la ciudad de Madrid.

 

k) La colaboración y el apoyo a Madrid 2016 en todo lo relacionado con el turismo, así como en los eventos deportivos que tengan lugar en la ciudad de Madrid.

 

2. La Dirección General de Turismo se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determine en la relación de puestos de trabajo.

 

2.1. Departamento de Coordinación del Plan de Promoción.

 

Artículo 11 . Dirección General de Innovación y Tecnología.

 

1. A la Dirección General de Innovación y Tecnología le corresponden las competencias referidas en el artículo 8 del presente Acuerdo y, por delegación de la Junta de Gobierno las siguientes:

 

1.1. En materia de fomento de la innovación y la tecnología en la ciudad de Madrid:

 

a) El estudio, seguimiento y evaluación del grado de implantación de la innovación y la tecnología en empresas, asociaciones y otros organismos de la ciudad de Madrid.

 

b) El diseño, aplicación y evaluación de políticas públicas de vigilancia tecnológica, de difusión tecnológica y de estímulo de la cultura tecnológica y de innovación entre las empresas, asociaciones y otros organismos de la ciudad de Madrid.

 

c) El desarrollo de programas de colaboración entre la Universidad y las empresas madrileñas que estimulen la trasferencia de tecnología desde universidades y centros de investigación hacia las empresas madrileñas.

 

1.2. En materia de fomento de la implantación de la sociedad de la información y del conocimiento en la ciudad de Madrid:

 

a) El estudio, seguimiento y evaluación del grado de implantación en Madrid de la denominada sociedad de la información y el conocimiento, con una especial atención al grado de utilización de las tecnologías de la información y la comunicación por parte de ciudadanos y empresas de Madrid.

 

b) El diseño, aplicación y evaluación de políticas públicas de sensibilización, mejora del conocimiento y utilización de las tecnologías de la información y la comunicación por parte de ciudadanos, empresas, asociaciones y cualesquiera otros organismos de la ciudad de Madrid.

 

c) La promoción de la generación de soluciones y aplicaciones de alta utilidad empresarial y urbana ligadas a las tecnologías de la información y la comunicación.

 

1.3. En materia de promoción y estímulo a la modernización y extensión de las infraestructuras tecnológicas de la ciudad de Madrid:

 

a) La potenciación y estímulo a la modernización y extensión de las infraestructuras de telecomunicaciones en la ciudad de Madrid, favoreciendo un despliegue ordenado y seguro de las nuevas tecnologías para el transporte de voz y datos, antenas y otros elementos de telecomunicaciones, proponiendo las modificaciones de disposiciones municipales que resulten necesarias para favorecer el cumplimiento de dichos objetivos, sin perjuicio de las competencias que en esta materia pudieran corresponderle a otras unidades administrativas del Ayuntamiento de Madrid.

 

b) La identificación y delimitación de los posibles criterios y requerimientos tecnológicos a satisfacer en la implantación o transformación de las infraestructuras de apoyo empresarial de la ciudad de Madrid y, en especial, de los denominados parques científico-tecnológicos y similares.

 

c) El estudio, diseño y fomento de políticas públicas que generen una mayor eficiencia, calidad y seguridad de los suministros industriales y energéticos en la ciudad de Madrid, promoviendo entre ciudadanos, empresas, asociaciones y otros organismos un mayor conocimiento, uso y aplicación de las nuevas tecnologías energéticas y urbanas disponibles.

 

2. La Dirección General de Innovación y Tecnología se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

 

2.1.Subdirección General de Coordinación de Proyectos de Fomento de la Innovación y la Tecnología.

 

2.1.1. Servicio de Fomento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

 

2.1.1.1. Departamento de difusión de aplicaciones, soluciones y contenidos de la sociedad de la información.

 

2.1.1.2. Departamento de fomento de la modernización de redes y sistemas de la información y las telecomunicaciones.

 

2.1.2. Servicio de Fomento de la Innovación Tecnológica Empresarial y Urbana.

 

3. En atención a las características específicas de las competencias asignadas a la Dirección General de Innovación y Tecnología su titular no será preciso que ostente la condición de funcionario de conformidad con lo previsto en el artículo 49.2 del Reglamento del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

 

Artículo 12. Dirección General de Participación Ciudadana.

 

1. A la Dirección General de Participación Ciudadana le corresponden las competencias referidas en el artículo 8 del presente Acuerdo y, por delegación de la Junta de Gobierno las siguientes:

 

a.) Diseñar nuevas vías de Participación Ciudadana para impulsar la participación formalizada e individual, así como fomentar el derecho de participación para fortalecer la democracia municipal.

 

b.) Promover y mantener las relaciones del Ayuntamiento en materia de participación ciudadana con las Administraciones Públicas y otros Organismos, Instituciones y Asociaciones nacionales e internacionales, a través de los instrumentos jurídicos que procedan, entre ellos los convenios de colaboración.

 

c) Elaborar, dictar y en su caso, proponer para su aprobación, proyectos de disposiciones, instrucciones, circulares, etc. en materia de participación ciudadana en orden a asegurar una aplicación homogénea de las mismas, así como la adecuada coordinación de los Consejos Territoriales y Consejos Sectoriales.

 

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Derogado Por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 18 de junio 2007, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía y Empleo y se delegan competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos. BOAM núm. 5761 de 21 de junio 2007. Págs. 73-80 ANM 2007\31

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