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Acuerdos Junta de Gobierno

Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública. Organización, Estructura y Delegación de Competencias en los Titulares de sus Órganos Superiores y Directivos

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2006\63

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

27/07/2006

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 03/08/2006 núm. 5715 pág. 2964-2974
- BO. Comunidad de Madrid 11/08/2006 núm. 190 pág. 132-141

2.2.2.1. Departamento de Coordinación de Oficinas Línea Madrid.

2.2.2.2. Oficina de Atención al Ciudadano (Oficina Central).

2.2.2.3. Oficinas de Atención al Ciudadano en los Distritos.

2.2.2.4. Departamento de Registro y Régimen Jurídico.

3. En atención a las características específicas de las competencias asignadas a la Dirección General de Calidad y Atención al Ciudadano, en particular en materia de calidad de los servicios y atención al ciudadano, su titular no será preciso que ostente la condición de funcionario de conformidad con lo previsto en el artículo 49.2 del Reglamento del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

Artículo 15. Dirección General de Desarrollo de Tecnologías de la Información.

1. A la Dirección General de Desarrollo de Tecnologías de la Información le corresponden las competencias referidas en el artículo 8 del presente Acuerdo y, por delegación de la Junta de Gobierno las siguientes:

1.1. Planificación e innovación de Sistemas de Información:

a) Planificación de Sistemas de Información corporativos y sectoriales en las diferentes Áreas.

b) Realización de consultorías, estudios previos o estudios de viabilidad para la definición, adquisición o desarrollo de Sistemas de Información para satisfacer las necesidades del Ayuntamiento de Madrid.

c) Innovación y promoción de la incorporación de las nuevas tecnologías a los Sistemas de Información del Ayuntamiento de Madrid.

1.2. Análisis y desarrollo de Sistemas de Información:

a) Consultoría y asistencia técnica a las Áreas en relación a Sistemas de Información o productos software, corporativos o sectoriales.

b) Análisis y diseño de Sistemas de Información.

c) Desarrollo de Sistemas de Información.

d) Implantación de Sistemas de Información.

e) Mantenimiento evolutivo de los Sistemas de Información, es decir, análisis y diseño de las nuevas versiones de las aplicaciones existentes.

2. La Dirección General de Desarrollo de Tecnologías de la Información se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

2.1. Subdirección General de Desarrollo de Sistemas de Información Corporativos.

2.1.1. Departamento de Sistemas de Información de Administración Electrónica.

2.1.2. Departamento de Sistemas de Información de Gestión Económica.

2.1.3. Departamento de Sistemas de Información de Gestión de Personal.

2.2. Subdirección General de Desarrollo de Sistemas de Información Sectoriales.

2.2.1. Departamento de Sistemas de Información para Servicios a la Ciudad.

2.2.2. Departamento de Sistemas de Información para Servicios al Ciudadano.

3. En atención a las características específicas de las competencias asignadas a la Dirección General de Desarrollo de Tecnologías de la Información, en particular en materia de sistemas de información su titular no será preciso que ostente la condición de funcionario de conformidad con lo previsto en el artículo 49.2 del Reglamento del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid.

Artículo 16 . Dirección General de Patrimonio.

1. A la Dirección General de Patrimonio le corresponden las competencias referidas en el artículo 8 del presente Acuerdo y, en particular, las delegadas por la Junta de Gobierno en el Acuerdo de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y en los órganos directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos.

2. La Dirección General de Patrimonio se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

2.1. Subdirección General de Patrimonio y Conservación de Edificios.

2.1.1.Departamento de Gestión del Patrimonio.

2.1.2. Departamento de Inventario.

2.1.3. Servicio de Instalaciones y Conservación de Edificios.

2.1.3.1. Departamento de Conservación y Mantenimiento. 

2.2. Subdirección General de Edificación.

2.2.1. Servicio de Construcción Pública

2.2.1.1. Departamento  de Construcción y Rehabilitación.

2.2.2. Servicio de Edificación Dotacional.

2.2.2.1. Departamento de Edificación de Equipamientos.

(Apartado 2 modificado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de madrid de 3 de mayo 2007)

Artículo 17 . Dirección General de Contratación y Régimen Interior.

1. A la Dirección General de Contratación y Régimen Interior le corresponden las competencias referidas en el artículo 8 del presente Acuerdo y, por delegación de la Junta de Gobierno las siguientes:

Régimen interior:

a) La organización y gestión de la utilización del parque automovilístico y de los talleres de reparación de vehículos.

b) El seguimiento, control y, en su caso, contratación de los consumos de gas, electricidad, agua, etc., formulando las propuestas de medidas que correspondan para una mayor economía del gasto.

c) La gestión y organización de los trabajos que deban realizarse en el Servicio de Artes Gráficas Municipales.

d) La gestión del Almacén de la Villa.

2. En materia de contratación corresponderá a la Dirección General de Contratación y Régimen Interior las competencias que la Junta de Gobierno le delegue en el Acuerdo de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y en los órganos directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos.

3. La Dirección General de Contratación y Régimen Interior se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Derogado por Acuerdo Junta Gobierno de 18 junio 2007, de organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y delegación competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos. BOAM 5761 de 21 junio 2007 págs. 33-45 ANM 2007\25
  • Modificado artículos 6, 16 y 17 por Acuerdo de la Junta de Gobierno De la Ciudad de Madrid, de 10 de mayo de 2007, BOAM núm. 5757 de 24 de mayo 2007. BOCM núm. 132 de 5 de junio 2007, págs. 37-38
  • Modificado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 31 agosto 2006, BAM núm. 5720 de 7 septiembre 2006, págs. 3212-3213

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