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Acuerdos Junta de Gobierno

Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública. Organización, Estructura y Delegación de Competencias en los Titulares de sus Órganos Superiores y Directivos

Disposición no vigente

Identificador

ANM 2006\63

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

27/07/2006

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 03/08/2006 núm. 5715 pág. 2964-2974
- BO. Comunidad de Madrid 11/08/2006 núm. 190 pág. 132-141

3.1. Subdirección General de Coordinación de la Contratación.

3.1.1. Departamento de Análisis de los Procedimientos de Contratación.

3.1.1.1. Departamento Central de Compras.

3.1.2. Servicio de Análisis y Asesoramiento de la Gestión de la Contratación.

3.1.2.1. Departamento de Estudios e Informes.

3.1.2.2. Departamento de Régimen Jurídico de la Contratación.

3.1.3. Servicio de Central de Compras.

3.1.3.1. Departamento Central de Compras.

3.2. Subdirección General de Régimen Interior.

3.2.1. Departamento de Régimen Interior.

3.2.2. Departamento de Servicios Generales.

(Apartado 3 modificado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 10 de mayo 2007)

4. De la Dirección General de Contratación y Régimen Interior dependerá el Servicio de Artes Gráficas.

Artículo 18 . Intervención General.

1. La Intervención General ejercerá sus funciones con plena autonomía respecto de los órganos y entidades municipales y cargos directivos cuya gestión fiscalice, teniendo pleno acceso a la contabilidad y a cuantos documentos sean necesarios para el ejercicio de sus funciones.

2. La Intervención General se estructura en las unidades administrativas que seguidamente se indican, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:

2.1. Viceintervención General.

2.1.1. Servicio Central.

2.1.2. Intervención Delegada en Junta de Gobierno.

2.2. Subdirección General de Estudios y Control Presupuestario.

2.2.1. Servicio de Estudios y Control Presupuestario.

2.3. Subdirección General de Fiscalización de Ingresos y Análisis Financiero.

2.3.1. Servicio de Fiscalización Previa de Ingresos.

2.3.1.1. Departamento de Fiscalización de Ingresos.

2.3.2. Servicio de Control Financiero de Ingresos.

2.3.2.1. Departamento de Control Financiero y Presupuestario de Ingresos.

2.3.3. Servicio de Fiscalización de Garantías, Recaudación y Deuda.

2.3.3.1. Departamento de Operaciones no Presupuestarias y Deuda.

2.4. Subdirección General de Intervenciones Delegadas.

2.4.1. Servicio de Intervenciones Delegadas.

2.4.1.1. Intervenciones Delegadas en Áreas de Gobierno.

2.4.1.2. Intervenciones Delegadas en los Distritos.

2.5. Subdirección General de Control y Auditoria.

2.5.1. Servicio de Control Financiero de Empresas.

2.5.2. Servicio de Coordinación de Intervenciones Delegadas en Organismos Autónomos.

2.5.3. Departamento de Asesoría Jurídica de Organismos Autónomos y Empresas.

Artículo 19 . Área Delegada de Personal.

1. Al titular del Área Delegada de Personal le corresponden las funciones previstas en el artículo 45 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y, en particular, por delegación de la Junta de Gobierno le corresponden las siguientes competencias:

a) Mantener la adecuada coordinación con los órganos de las demás Administraciones territoriales competentes en materia de función pública.

b) Dirigir la gestión del régimen retributivo del personal y, en especial, la distribución de las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas, así como su asignación individualizada, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad.

c) La gestión de los créditos del Capítulo I del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid.

La autorización y disposición de gastos de toda índole derivados de la gestión de personal con cargo al Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, así como el reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de estos compromisos de gastos.

d) Elaborar la propuesta de relaciones de puestos de trabajo y su valoración, así como de las correspondientes plantillas presupuestarias de acuerdo con las directrices de la política de gastos de personal que se establezcan por los órganos competentes.

e) La gestión del régimen de incompatibilidades.

f) Informar con carácter previo a su firma los convenios colectivos, revisiones salariales, acuerdos de adhesión o extensión a otros convenios de ámbito sectorial y cualquier otro otorgamiento unilateral de mejoras retributivas individuales o colectivas.

g) Elaborar el proyecto anual de oferta de empleo público, en la que se integrarán las plazas de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos públicos.

h) Convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad.

Asimismo, le corresponde efectuar el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección y la resolución de los recursos de alzada que se interpongan contra los actos administrativos dictados por los tribunales de selección de personal.

i) Contratar y declarar la extinción de los contratos del personal laboral de la Corporación y asignar a este personal a los distintos puestos previstos en las correspondientes relaciones aprobadas por la Corporación de acuerdo con la legislación laboral, así como adoptar las decisiones que correspondan en materia de seguridad social.

j) La tramitación y resolución de las comisiones de servicios, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad, autorización de traslados de personal laboral, el reconocimiento del grado personal y la declaración de situaciones administrativas.

k) Ejercitar las facultades disciplinarias respecto a todo el personal, salvo el que use armas, exceptuando, en todo caso, la separación del servicio.

l) La dirección de la Escuela Municipal de Formación. La Programación y gestión de los planes de formación del personal municipal.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afectado por
  • Derogado por Acuerdo Junta Gobierno de 18 junio 2007, de organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y delegación competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos. BOAM 5761 de 21 junio 2007 págs. 33-45 ANM 2007\25
  • Modificado artículos 6, 16 y 17 por Acuerdo de la Junta de Gobierno De la Ciudad de Madrid, de 10 de mayo de 2007, BOAM núm. 5757 de 24 de mayo 2007. BOCM núm. 132 de 5 de junio 2007, págs. 37-38
  • Modificado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 31 agosto 2006, BAM núm. 5720 de 7 septiembre 2006, págs. 3212-3213

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