Saltar navegación
Ordenanzas municipales

Modificación de 25 de febrero de 2010 de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana, de 20 de diciembre de 2007

Disposición no vigente

Versión

Texto inicial publicado el 15/03/2010

Identificador

ANM 2010\76

Tipo de disposición

Ordenanzas municipales

Fecha de disposición

25/02/2010

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 24/03/2010 núm. 6148 pág. 3.
- BO. Comunidad de Madrid 15/03/2010 núm. 62 pág. 260.

Modificación de 25 de febrero de 2010 de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana, de 20 de diciembre de 2007

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 2010, adoptó el siguiente acuerdo: 

Aprobar la modificación de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana en los términos que a continuación se indican: 

- Artículo 13.2.f): 

"Un/una técnico/a de cada Grupo político municipal o un/una funcionario/a municipal designado/a por cada uno de los Grupos Políticos con representación en el Pleno. En el caso de que el/la designado/a sea un/a funcionario/a municipal, deberá contar con la autorización del órgano directivo del que dependa". 

- Artículo 13.3.d): 

"Un/una técnico/a de cada Grupo Político municipal o un/una funcionario/a municipal designado/a por cada uno de los Grupos políticos con representación en el Pleno. En el caso de que el/la designado/a sea un/a funcionario/a municipal, deberá contar con la autorización del órgano directivo del que dependa". 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.3, e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, se procede a la publicación del texto íntegro de la modificación de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana. 

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid", recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afecta a
  • Modifica artículos 13.2 f) y 13.3 d) de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana, de 20 de diciembre de 2007. ANM 2011\181

Descargar normativa

Subir Bajar