Saltar navegación
Acuerdos Junta de Gobierno

Acuerdo de 17 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, relativo a la constitución y régimen de sesiones de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

Disposición no vigente

Versión

Texto inicial publicado el 20/06/2019

Identificador

ANM 2019\47

Tipo de disposición

Acuerdos Junta de Gobierno

Fecha de disposición

17/06/2019

Publicaciones

- BO. Ayuntamiento de Madrid 20/06/2019 núm. 8422 pág. 3.

Acuerdo de 17 de junio de 2019  de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, relativo a la constitución y régimen de sesiones de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

El artículo 16 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, dispone que la Junta de Gobierno es el órgano ejecutivo de dirección política y administrativa, correspondiendo al Alcalde nombrar y separar libremente a sus miembros. 

El Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, dispone, en su artículo 20.6, que la Junta de Gobierno se reunirá con carácter ordinario con una periodicidad semanal, sin perjuicio de lo que se disponga en las normas que apruebe la Junta para su propio funcionamiento y para la adecuada preparación de las propuestas y resoluciones que deba adoptar. 

Asimismo, el artículo 29.3 establece que el funcionamiento de la Comisión Preparatoria se determinará por la Junta de Gobierno. 

En su virtud, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 17 de junio de 2019, 

ACUERDA 

PRIMERO.- La constitución de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, dando cuenta del Decreto del Alcalde de 15 de junio de 2019 de nombramiento de sus miembros. 

SEGUNDO.- La Junta de Gobierno celebrará con carácter general sesión ordinaria los jueves a las 9:00 horas. El Alcalde podrá cambiar el día y la hora de las sesiones, así como suspenderlas. 

Las sesiones se celebrarán, con carácter general, en el edificio en que tenga su sede la Alcaldía o en cualquier otra dependencia municipal cuando así lo determine el Alcalde. 

TERCERO.- La Comisión Preparatoria se reunirá los martes a las 9:30 horas. La presidencia podrá cambiar el día y la hora de las sesiones así como suspenderlas. 

CUARTO.- El presente acuerdo se publicará en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid". 

QUINTO.- Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento del presente acuerdo. 

Documento de carácter informativo. La versión oficial puede consultarse en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid o en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

Afecta a
  • Desarrolla artículos 20 y 29 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004. ANM 2023\13

Descargar normativa

Subir Bajar